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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PAMIES, FRANCO GABRIEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Imputados fueron juzgados mediante juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a Marcos M. Ojeda y a Franco G. Pamies a 4 años de prisión y multa de $1.400.000 por persona, encontrando acreditada la tenencia con fines de comercialización y ratificando la admisibilidad del procedimiento abreviado.

Juicio abreviado Tenencia con fines de comercializacion Ley 23.737 Art. 5 inc. c) ley 23.737 Art. 45 cp Condena Multa $1.400.000 Secuestros Incineracion de estupefacientes Tribunal oral federal


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dr. Carlos Adolfo Schaefer y Dra. Tamara A. Pourcel como fiscales intervinientes).
- Demandado / Imputados: Marcos Maximiliano Ojeda (DNI 43.274.643) y Franco Gabriel Pamies (DNI 44.454.708).
- Objeto de la demanda: Enjuiciamiento y condena por el delito de “Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización” (art. 5º inc. c) Ley 23.737 y art. 45 CP), en el marco de un Juicio Abreviado (art. 431 bis CPPN).

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el Juicio Abreviado y se condenó a ambos imputados como autores del delito señalado a la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN y MULTA de $1.400.000 por cada uno, con accesorias y costas; se reservaron los elementos secuestrados y se ordenaron las comunicaciones y cómputos de penas una vez firme la sentencia. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- “las presentes actuaciones llegan a conocimiento del tribunal luego de celebrada la audiencia de visu en las que las partes ratificaron la solicitud de Juicio Abreviado… prestando su conformidad a la calificación legal y al grado de participación asignado.” (voto de admisibilidad).
- “En tal sentido, y valoradas todas y cada una de las pruebas incorporadas a la causa, podemos apreciar que las mismas acreditan la participación de los procesados en la causa del ilícito que se le atribuyó… (…) Dichas actuaciones adquieren significativa relevancia por su naturaleza de instrumentos públicos y se encuentran apoyados por las declaraciones brindadas por los testigos, quienes ratificaron las circunstancias y procedimientos en los cuales tuvieran actuación.” (valoración probatoria).
- “En efecto… se encuentran acreditadas las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que los nombrados desplegaron la conducta endilgada… nos encontramos con comportamientos que se subsumen con claridad en el delito de ‘tenencia de estupefacientes con fines de comercialización’, previsto y reprimido por el art. 5º inc. C) de la Ley 23.737 y art. 45 del Código Penal.” (encuadre y calificación).
- Sobre la pena y medidas: “CONDENAR a MARCOS MAXIMILIANO OJEDA… a la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN; y MULTA de pesos un millón cuatrocientos mil ($1.400.000)… así también, corresponde RESERVAR en secretaria las muestras y todos los elementos secuestrados en autos… Asimismo, se deberán DESTRUIR POR INCINERACIÓN las muestras de sustancias estupefacientes secuestradas en autos, de conformidad a lo establecido en el artículo 30 de la ley 23.737.” (dispositivo y medidas accesorias).
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia; el bloque dispositivo final refleja la decisión unánime del Tribunal.

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