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Z., A. A. c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO-ARCA-EX AFIP s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

El actor promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre su haber jubilatorio. El Juzgado Federal de Esquel hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales los arts. 30 inc. c), 82 inc. c), 85 y 94 de la ley 20.628 respecto de haberes previsionales, ordenó cesar los descuentos y condenó a reintegrar las sumas retenidas por el bienio anterior más intereses a la tasa pasiva del BCRA.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Jubilados Reintegro Tasa pasiva del bcra Prescripcion bienal Garcia (csjn) Arca (ex afip) Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: A. A. Z., jubilado (71 años al inicio, 72 años en el fallo), representado por los Dres. Ernesto C. Rey y Marta Beatriz Jurich. Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex AFIP). Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de las normas que gravan con el impuesto a las ganancias los haberes previsionales y la restitución de las sumas retenidas por ese concepto por los períodos no prescritos. Decisión: El juez hizo lugar a la demanda; declaró inconstitucionales los arts. 30 inc. c), 82 inc. c), 85 y 94 de la ley 20.628 (t.o. decreto 824/19) y sus normas modificatorias en la parte que gravan los haberes previsionales del actor; ordenó cesar los descuentos por impuesto a las ganancias sobre su haber jubilatorio; dispuso el reintegro de las sumas retenidas durante los dos años anteriores a la interposición de la demanda, más intereses calculados a la tasa pasiva del BCRA hasta su efectivo pago; impuso las costas a la demandada y reguló honorarios en favor de la representación del actor en 20 UMA ($1.445.300).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
- "En definitiva, todos estos elementos permiten concluir que el actor se encuentra en una situación de mayor vulnerabilidad en los términos del precedente 'García' de la CSJN, lo cual tornará aplicable al caso las conclusiones allí vertidas y obliga, en consecuencia, a considerar procedente la declaración de inconstitucionalidad pretendida de los arts. letras. 30 inc. c); 82 inc. c); 85 y 94 de la ley 20.628 –TO según decreto 824/19
- y sus normas modificatorias posteriores, en cuanto gravan con el impuesto a las ganancias los haberes previsionales del actor."
- "Ordenar el cese de los descuentos que en concepto de impuesto a las ganancias se retienen sobre el haber jubilatorio del actor hasta tanto el Congreso Nacional legisle sobre la materia según los criterios indicados por la CSJN en el precedente 'García'."
- "Disponer el reintegro de las sumas retenidas ... por el período bienal anterior a la interposición de la demanda, más los intereses que corresponda ... hasta su efectivo pago según la tasa pasiva del BCRA, a partir de la liquidación que deberá realizar la demandada, previa asignación presupuestaria para el período correspondiente."
- El fallo se apoya en el precedente CSJN "García" (Fallos: 342:411) y en la consideración de vulnerabilidad de las personas adultas mayores, así como en jurisprudencia federal concordante (CFACR, CFSM). Asimismo, el tribunal aplica la prescripción bienal prevista en el art. 2562 inc. c) del CCCN para el reconocimiento de la repetición y la tasa pasiva del BCRA conforme a precedentes "Spitale" y "Palmieri".
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es dictada por el juez Otranto en primera instancia.

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