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Incidente Nº 18 - IMPUTADO: CHAVEZ , ARMANDO NICOLAS s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS

El condenado Diego Armando Nicolás Chávez solicitó su incorporación al régimen de salidas transitorias. La Cámara (Jueza de Ejecución Penal) rechazó el pedido por considerar que, pese a informes positivos, el cumplimiento en alojamiento cerrado y la falta de traslado a régimen abierto impiden verificar adecuadamente su reinserción y por la gravedad del hecho y tiempo de pena por cumplir.

Salidas transitorias Ejecucion penal Art. 17 ley 24.660 Alojamiento cerrado Riesgo de fuga Servicio penitenciario federal Ministerio publico fiscal Casacion (anulacion y remision) Reinsercion Juez de ejecucion


¿Quién es el actor?

Diego Armando Nicolás Chávez (solicitante de incorporación al régimen de salidas transitorias).

¿A quién se demanda?

Tribunal de Ejecución Penal (resolución en el incidente de ejecución); intervino el Ministerio Público Fiscal en vista.
- Objeto de la demanda: incorporación al régimen de salidas transitorias (art. 17 Ley 24.660, redacción anterior a Ley 27.375).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la incorporación de Diego Armando Nicolás Chávez al régimen de salidas transitorias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): 1) Sobre los informes penitenciarios y la intervención de la Cámara de Casación: “...del mencionado informe en el que se basó el a quo para resolver, surge que Chávez se encuentra con un pronóstico de reinserción favorable, que cuenta con guarismos positivos y se encuentra transitando el Período de Prueba, no encuentro razonable que se le haya impuesto la obligación de que permanezca más tiempo transitando dicho período. Tal es así que dicha obligación no surge de ninguna norma establecida legalmente lo que implica una sumatoria de requisitos para acceder al beneficio vulnerando el principio de legalidad...”. (cita del voto de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, que motivó la nueva evaluación). 2) Sobre la valoración negativa pese a informes favorables: “...si bien es cierto que ha permanecido en el referido periodo de prueba durante un tiempo considerable -1 año y 5 meses-, no lo es menos que dicho lapso lo ha cursado en alojamiento de tipo cerrado, ya que su paso a un régimen abierto aún no se ha materializado... dicha circunstancia impide evaluarlo dentro de un entorno de autogestión y confianza donde efectivamente se pueda constatar el apego a las normas sociales y la asimilación de las herramientas brindadas intramuros, por lo que entiendo que es imperativo que se evalúe con la debida minuciosidad el progreso del nombrado dentro de un régimen penitenciario que permita cerciorarse fehacientemente la capacidad de su reinserción en el medio libre.” 3) Sobre la intervención del Ministerio Público Fiscal y la apreciación del riesgo: el Fiscal opinó que “la permanencia de Chávez en un régimen de autogobierno no resulta suficiente para dejar de considerar su lento tránsito por el tratamiento penitenciario durante el largo período en el que permaneció detenido... lo que permite suponer que el interno procuró avanzar significativamente en ese sentido -y modificar su conducta y concepto logrando mejores calificaciones
- cuando se encontraba próximo a cumplir el requisito temporal para acceder a los beneficios liberatorios...”. Además sostuvo que la gravedad de los hechos, la pena impuesta y el extenso tiempo que resta permitirían suponer que, de concederse el beneficio, se dará a la fuga.
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte dispositiva; la decisión es unitaria (resuelve la Jueza de Cámara Silvina Mayorga). Cabe destacar la previa intervención de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que había hecho lugar al recurso de casación, anuló la resolución primitiva y ordenó el reenvío para nuevos informes, lo que motivó la presente resolución.
- Otras consideraciones procesales relevantes: se intentó notificar a víctimas conforme Ley 27.372, sin respuestas de M.V.P. y E.O.; J.C.P. manifestó no querer ser informada.

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