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Principal en Tribunal Oral TO01 - CONTRIBUYENTE: CEJAS, HECTOR MARCELO s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE: ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Condenaron en juicio abreviado a Héctor Marcelo Cejas por evasión del IVA correspondiente al ejercicio 2017 por $2.351.660,76. La Cámara homologó el acuerdo de juicio abreviado e impuso dos años de prisión (con cumplimiento en suspenso), reglas de conducta por dos años y costas.

Evasion tributaria Iva 2017 Juicio abreviado Art. 431 bis cppn Ley 27.430 Pena en suspenso Peritaje contable Afip/arca Reglas de conducta art. 27 bis Costas


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado en esta instancia por el Fiscal General Dr. Alberto Adrián María Gentili y la Agente Fiscal Dra. Mariel Labozzetta en el requerimiento).
- Demandado / Imputado: Héctor Marcelo Cejas (DNI 12.345.191).
- Objeto de la demanda: Investigación y imposición de responsabilidad penal por la evasión del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio fiscal 2017 (períodos 01/2017 a 12/2017) por la suma total de $2.351.660,76.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de juicio abreviado previsto en el art. 431 bis del CPPN y se condenó a Héctor Marcelo Cejas como autor del delito de evasión tributaria (art. 1° Ley 27.430; art. 45 CP) a la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, cuyo cumplimiento se deja EN SUSPENSO; se impusieron por dos años las reglas de conducta del art. 27 bis, inc. 1° CP (fijar domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados Bonaerense) y se aplicaron las costas del proceso; se difirió la regulación de honorarios y se comunicó la sentencia a ARCA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "La prueba obrante en autos, valorada a la luz de las reglas de la sana crítica procesal (art. 398 del CPPN), me permite afirmar, con la certeza que esta instancia requiere, que Héctor Marcelo Cejas evadió el pago del Impuesto al Valor Agregado del ejercicio fiscal 2017 (períodos 01/2017 a 12/2017) por la suma total de $ 2.351.660,76, a través de la presentación de declaraciones juradas inexactas y referencias a facturación apócrifa." "En suma, el peritaje contable practicado por el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fs. 57/61) corroboró la existencia de la evasión tributaria... el perito concluyó que en las distintas etapas de la auditoría fiscal y en sede judicial, el contribuyente Cejas no aportó elemento alguno que refute los ajustes que determinó la AFIP en las dos órdenes de intervención arriba mencionadas, cuyo monto total es de $2.351.660,51 para el periodo fiscal 2.017 para el Impuesto al Valor Agregado, el cual supera el escalón de punibilidad de la ley 27.430, articulo 1 (ver fs. 57/61)." "En lo concerniente a la graduación punitiva... En esas condiciones se pactó imponer a Héctor Marcelo Cejas la pena de dos (2) años de prisión -cuyo cumplimiento puede ser dejado en suspenso
- (art. 26 del CP), con más el cumplimiento de las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis, inciso 1° del CP y costas (artículo 29, inc. 3° del CP)."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; la decisión es unipersonal y homologa el acuerdo de las partes.

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