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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GALVAN, PABLO ARIEL Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Juicio abreviado por transporte de estupefacientes en grado de tentativa: se condenó a los imputados y se unificaron penas por antecedentes. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Resistencia, juez Enrique Jorge Bosch) condenó a Pablo Ariel Galván a 3 años (pena única 4 años por acumulación) y a Pedro Ezequiel Solobaj a 1 año y 6 meses, ambos con multa de 22,5 unidades fijas y declaración de cuarta reincidencia.

Transporte de estupefacientes Tentativa Juicio abreviado Cannabis sativa Pena unificada Reincidencia cuarta Multa 22 5 unidades fijas Incineracion de pruebas Tribunal oral federal de resistencia Art. 5 inc. c ley 23.737


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por el Fiscal Subrogante Horacio Francisco Rodríguez) mediante acuerdo de juicio abreviado.

¿A quién se demanda?

Pablo Ariel Galván (imputado, autor) y Pedro Ezequiel Solobaj (imputado, partícipe secundario).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737) en grado de tentativa, por el hallazgo de 6,980 kg de cannabis sativa y envoltorios en monturas; se promovió y aceptó juicio abreviado.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Pablo Ariel Galván como autor a Tres (3) años de prisión efectiva, multa de 22,5 Unidades Fijas, accesorios legales y costas, con declaración de cuarta reincidencia; se unificó esa pena con otra previa (FRE 22000348/2013/TO1) y se fijó pena única de cuatro (4) años de prisión y multa de 22,5 unidades fijas. Se condenó a Pedro Ezequiel Solobaj como partícipe secundario a Un (1) año y seis (6) meses de prisión efectiva, multa de 22,5 unidades fijas y costas, con declaración de cuarta reincidencia. Asimismo, se ordenó la incineración de las muestras y la eximición del pago de honorarios a la Defensa. (La transcripción del resolutorio arriba es la decisión final del Tribunal.)
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes): "En virtud de lo expuesto, y ante la ausencia de controversia derivada de la aceptación de los hechos y de la participación por parte de los imputados, se consideran debidamente acreditadas tanto la materialidad del hecho como la participación de los nombrados." "La conducta de los imputados ha superado el mero acto preparatorio. Sin embargo, el propósito final de transportar la sustancia fue frustrado por una circunstancia ajena a su voluntad, configurando así el grado de 'tentativa' en el hecho..." "La norma bajo análisis establece: 'Será reprimido (…) el que, sin autorización o con destino ilegítimo (…) comercie con estupefacientes, precursores químicos ... o los transporte (…)' (Art. 5, inc. 'c', Ley 23.737)." "a. Pablo Ariel Galvan: tres (3) años de prisión efectiva y el mínimo de la multa, por el delito de transporte de estupefacientes en grado de tentativa, en carácter de autor... con declaración de cuarta reincidencia (art. 50 CP). b. Pedro Ezequiel Solobaj: un (1) año y seis (6) meses de prisión efectiva, y el mínimo de la multa, por el delito de transporte de estupefacientes en grado de tentativa en carácter de partícipe secundario... con declaración de cuarta reincidencia (art. 50 CP)." "Al corroborar dichos extremos, de conformidad con las disposiciones de los Arts. 58 y ctes. del Código Penal Argentino... estimo que corresponde imponer a Pablo Ariel Galván, una pena única de cuatro (4) años de prisión de cumplimiento efectivo, y multa de 22,5 unidades fijas..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la sentencia se dicta por el Juez de Cámara Enrique Jorge Bosch en integración unipersonal y la parte resolutiva es la que prevalece.

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