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COLOMBI, HORACIO RICARDO c/ UNION CIVICA RADICAL - NACIONAL s/IMPUGNACIÓN DE ACTO DE ÓRGANO O AUTORIDAD PARTIDARIA - INTERVENCION U.C.R. DISTRITO CORRIENTES

Impugnación de acto partidario por intervención del comité UCR en Corrientes. La Cámara Nacional Electoral declaró la cuestión abstracta por haberse proclamado nuevas autoridades y consideró que carece de interés jurídico actual para pronunciarse, ordenando notificar y devolver las actuaciones a primera instancia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Colombi, Horacio Ricardo. Demandado: Unión Cívica Radical
- Nacional (s/ intervención U.C.R. distrito Corrientes). Objeto: Impugnación de acto de órgano o autoridad partidaria y pedido de intervención del comité distrito Corrientes de la UCR. Decisión: La Cámara Nacional Electoral sostuvo que, dado que el partido en el distrito Corrientes ha proclamado nuevas autoridades electas, "la cuestión planteada en la presente causa ha devenido abstracta, por lo que carece de interés jurídico actual pronunciarse al respecto", y en consecuencia resolvió no pronunciarse sobre el fondo, ordenando: "Regístrese, notifíquese, comuníquese al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ac. 10/2025 CSJN). Oportunamente, devuélvanse estas actuaciones a primera instancia."
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Que en atención a que el partido de autos en el distrito Corrientes ha proclamado a las nuevas autoridades electas (cf. fs. 3450/3451 y fs. 3459 del Expte. N° CNE 5029076/1987), la cuestión planteada en la presente causa ha devenido abstracta, por lo que carece de interés jurídico actual pronunciarse al respecto, lo que así se resuelve." "Regístrese, notifíquese, comuníquese al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ac. 10/2025 CSJN). Oportunamente, devuélvanse estas actuaciones a primera instancia."
- Votos en disidencia: No consta en el bloque dispositivo final disidencia explícita; la decisión se expresa en el acuerdo firmado por los magistrados del Tribunal.

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