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Incidente Nº 7 - IMPUTADO: ZEGARRA FLORES, MODESTO Y OTRO s/INCIDENTE DE EXTRAÑAMIENTO

Incidente de extrañamiento solicitado por la defensa de un condenado extranjero para ser trasladado a Bolivia. La Cámara (magistrada interina) hizo lugar al pedido, ordenó el extrañamiento inmediato y la prohibición de reingreso, disponiendo su ejecución por Gendarmería y coordinación con la Dirección Nacional de Migraciones y el Servicio Penitenciario Federal.

Extranamiento Expulsion Prohibicion de reingreso Ley 25.871 Direccion nacional de migraciones Transporte de estupefacientes Ejecucion de pena Gendarmeria nacional Servicio penitenciario federal Condena

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Defensor Público Oficial (solicitando en representación de Modesto Zegarra Flores). Demandado: Incidente promovido frente al Tribunal Oral Federal de Tucumán, con intervención de la Dirección Nacional de Migraciones (como acto administrativo previo) y fiscalía para el dictamen. Objeto: Se solicita el extrañamiento (expulsión y traslado) a su país de origen, Bolivia, en aplicación del art. 64 inc. a) de la Ley 25.871, y consecuente prohibición de reingreso. Decisión: Se hizo lugar al pedido de extrañamiento de Modesto Zegarra Flores, disponiéndose la prohibición de reingreso a la República Argentina y ordenando la ejecución por el Escuadrón N°55 de Gendarmería Nacional con coordinación de la Delegación Tucumán de la Dirección Nacional de Migraciones y la Unidad N°35, Colonia Pinto del Servicio Penitenciario Federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del pronunciamiento): "III
- Que MODESTO ZEGARRA FLORES fue condenado por este Tribunal en fecha 27 de diciembre de 2024 a la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisión, MÍNIMO DE LA MULTA conforme Ley 27.302, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, por resultar AUTOR penalmente responsable del delito de TRANSPORTE DE ESTUFACIENTES (artículos 12, 29 inciso 3°, 45 del Código Penal de la Nación y artículo 5 inciso "c" de la Ley 23.737). Conforme constancias del presente incidente, fue detenido en fecha 21/04/2023, por lo que la mitad de su condena se cumplió en fecha 21/04/2025." "V.
- Que la Dirección Nacional de Migraciones dictó Disposición Migratoria (Resolución N° 69197 en Expte. DNM 24334-2025) de fecha 23/5/2025, que declara irregular la permanencia en el territorio nacional y ordena la expulsión de MODESTO ZEGARRA FLORES, acto administrativo que fue debidamente notificado y se encuentra firme, conforme surge de las constancias de autos." "VI.
- Que del examen de los supuestos fácticos que requiere la norma de la ley de Migraciones, en especial de los informes de las fuerzas de seguridad y del Registro Nacional de Reincidencias, no surgen impedimentos en cuanto a existencia de órdenes de captura ni condenas pendientes, con lo que se satisface la exigencia de la ley 24660 a que remite el art. 64 de la ley 25871."
- Voto en disidencia: No consta disidencia; la resolución es unipersonal firmada por la Dra. Ana Carina Farías.

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