Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: OVIEDO MORE, EDGARD ALEXANDER Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: ARIZAGA, CLAUDIO ANTONIO Y OTRO
Condenan a Edgar Alexander Oviedo More por hurto agravado, tenencia ilegítima de arma de guerra y robo en grado de tentativa, e imponen pena única de cuatro años y cuatro meses de prisión. La Cámara (Tribunal Oral) también condenó a Nadia Soledad Vega a pena única de tres años de prisión, revocando su condicionalidad anterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Auxiliar Fiscal Dra. Jazmín Auat actuó en la causa).
Demandado: Edgar Alexander Oviedo More y Nadia Soledad Vega.
Objeto: Enjuiciamiento penal por: Hecho 1 hurto agravado por uso de instrumento semejante a una llave falsa; Hecho 2 tenencia ilegítima de arma de guerra; Hecho 3 robo agravado con instrumento semejante a una llave falsa en grado de tentativa.
Decisión: Se condenó a Edgar Alexander Oviedo More a la pena única de cuatro años y cuatro meses de prisión (comprensiva de pena de dos años por hurto agravado y tenencia ilegítima de arma y de la pena previa en suspenso), con accesorias legales; su pena vence el 24/10/2028 y su registro caduca el 24/10/2038. Se condenó a Nadia Soledad Vega a la pena única de tres años de prisión de efectivo cumplimiento (comprensiva de la pena impuesta en esta causa y de una pena previa en suspenso), revocándose su condicionalidad; su pena vence el 12/12/2027 y su registro caduca el 12/12/2037. Se ordenó estar a la respuesta del informe de viabilidad para resolver el pedido de arresto domiciliario de Oviedo More. Se impondrán costas a los imputados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes; lenguaje original del tribunal):
"Por todo lo expuesto, en mérito a las normas invocadas y conforme lo establecido en los arts. 396, 398, 399, 400, 403, 431 bis inc.5° y cc. del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I.-) CONDENAR a EDGAR ALEXANDER OVIEDO MORE, de las demás condiciones personales consignadas, A LA PENA DE DOS AÑOS DE PRISIÓN DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO Y COSTAS, por ser coautor penalmente responsable del delito de hurto agravado por haber sido cometido con instrumento semejante a una llave falsa
- Hecho N°1
- en concurso real con el delito de tenencia ilegítima de arma de guerra
- Hecho N°2 -, los que a su vez concurren de manera real con el delito de robo agravado por haber sido cometido con instrumento semejante a una llave falsa en grado de tentativa -Hecho N° 3-..."
"En virtud de la pena única que se impone y lo dispuesto en el artículo 12 del Código Penal, corresponde imponer las accesorias legales."
"Atento al resultado adverso del proceso, los imputados deberán cargar con las costas causídicas(arts. 29 inc. 3° del Código Penal, 530 y 531 del Código Procesal Penal)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el documento suministrado; la resolución final es la transcripción arriba indicada.
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