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Incidente Nº 3 - NN: FERNANDEZ, GASTON MATIAS s/Audiencia de Debate con Tribunal unipersonal (Arts. 55, inc. A, y 294)

Causaron juicio abreviado por tenencia simple de estupefacientes por clorhidrato de cocaína (139 g) contra Gastón Matías Fernández. El tribunal condenó al imputado a un año de prisión de cumplimiento efectivo, multa de $112, declaró la inmediata detención, el decomiso y destrucción de la droga y la reincidencia, y remitió la sentencia para unificar la pena con otra superior.

Penal Tenencia simple Ley 23.737 Clorhidrato de cocaina Decomiso Prision efectiva Reincidencia Juicio abreviado Multa $112 Unificacion de penas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal Federal, Dr. Ignacio Sabas actuó en la audiencia; se consignó conformidad del Fiscal superior). Demandado: Gastón Matías Fernández, D.N.I. 39.019.679, imputado y presente en audiencia, defendido por el Dr. Abdón Bittar. Objeto: Se imputó y se acordó la calificación de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primer párrafo, Ley 23.737) por haber tenido en su poder un envoltorio con clorhidrato de cocaína de un peso total de 139 gramos el 17/10/2024 a las 10:50 hs., sin acreditarse finalidad distinta a la tenencia. Decisión: Se dictó condena: un año de prisión de cumplimiento efectivo, multa de $112 y costas; se ordenó la inmediata detención, el decomiso y destrucción del resto de la sustancia incautada; se declaró al condenado reincidente conforme art. 50 del Código Penal; y se remitió la sentencia al Tribunal Penal Colegiado de la 2° Circunscripción de Mendoza para unificar la pena con la sentencia N° 578 por ser aquella superior. Asimismo se tuvo por renunciados los plazos para impugnar y por desistidos los recursos casatorios conforme lo manifestado en la audiencia de homologación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "Conforme el acuerdo presentado a la jurisdicción, se logró probar que el día 17 de octubre de 2024, a las 10:50 hrs., el imputado tuvo en su poder un envoltorio conteniendo clorhidrato de cocaína (por un peso total de 139 grs.), sin lograr acreditarse la finalidad de dicha tenencia. En consecuencia, los hechos descriptos encuadran en el tipo penal de tenencia simple de estupefacientes, previsto en el artículo 14, primer párrafo, de la Ley 23.737, el cual prevé una escala penal de 1 a 6 años de prisión y multa de trescientos a seis mil australes, en carácter de autor." "En atención al acuerdo presentado, y no existiendo controversias sobre los hechos, el Juez Dr. Pablo Gabriel Salinas considera que los acontecimientos ocurrieron de la manera expuesta por las partes." "En atención a los hechos tales como fueron expuestos, y a la calificación legal tal como fuera propuesta y aceptada, el Juez acepta las penas incluidas en el acuerdo."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia resulta de la homologación de un acuerdo de juicio abreviado y la conformidad de las partes y del Fiscal superior fue consignada.

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