Logo

CARRIZO, JUAN DE LA CRUZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor impugnó el método de cálculo del haber inicial y la actualización de la PBU contra ANSeS, solicitando aplicación del RIPTE y la inconstitucionalidad de normas de suspensión de la fórmula. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de ANSeS, confirmó la aplicación del índice ISBIC y la actualización ordenada, eximió de impuesto a las ganancias el retroactivo y condenó en costas a la demandada.

Recurso de apelacion Anses Haber inicial Pbu Isbic Ripte Elliff Impuesto a las ganancias Costas Inconstitucionalidad

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CARRIZO, JUAN DE LA CRUZ (actor). Demandado: ANSeS. Objeto: Reajustes y recalculo del haber inicial de la jubilación (PBU), impugnación de la aplicación de índices de actualización (solicitando RIPTE en lugar de ISBIC), declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos que suspendieron la fórmula de movilidad, y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada; se impusieron las costas a la demandada vencida; no se regularon los honorarios de la representación de la actora; respecto de los honorarios de la demandada ANSeS rige lo dispuesto en el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del tribunal): "En relación al agravio sobre la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case “Elliff”. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95." "Respecto al pedido del ANSES referido a la sustitución del ISBIC por el índice RIPTE como pauta de movilidad para la determinación del primer haber jubilatorio, la cuestión encuentra adecuada respuesta en el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº CSS 42272/2012/CS1-CA1, caratulados 'Blanco, Lucio O. c. ANSeS s/ reajustes varios' ... La Corte concluyó que con la resolución N° 56/2018 ... ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía... Lo mismo cabe decir del decreto 807/2016 ... Por lo expuesto, propongo no hacer lugar al planteo del recurrente ... debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente “Elliff”)." "En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad del afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP ... para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena ... Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Votos y disidencias: El voto que expone los fundamentos fue del Dr. Manuel Alberto Pizarro; los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Gustavo Enrique Castiñeira de Dios adhirieron al voto. No se registran disidencias.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar