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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BETANZO, RICARDO GABRIEL s/INFRACCION LEY 23.737

Condenan por tenencia simple: el Ministerio Público Fiscal y la Defensa Pactaron un juicio abreviado por tenencia simple de estupefacientes. La Cámara —Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, Unipersonal— condenó a Ricardo Gabriel Betanzo a 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, multa de $225 y declaró la reincidencia por segunda vez, disponiendo la destrucción de la sustancia y la devolución del teléfono secuestrado.

Juicio abreviado Tenencia simple de estupefacientes Condena Pena de prision efectiva Multa $225 Reincidencia segunda vez Destruccion de estupefaciente Devolucion celular secuestrado Pericia quimica $47.520 Tribunal oral federal comodoro rivadavia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la Auxiliar Fiscal, Dra. Analía Ruiz). Demandado: Betanzo Ricardo Gabriel, DNI 26.633.070, detenido en Alcaidía Policial de Comodoro Rivadavia. Objeto: Aprobación de un acuerdo de juicio abreviado por la tenencia simple de estupefacientes, con imposición de pena y costas; solicitud de destrucción del estupefaciente incautado y devolución de un teléfono secuestrado. Decisión: Se condenó a Ricardo Gabriel Betanzo como autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes a la pena de dos (2) años y seis (6) meses de prisión de cumplimiento efectivo, multa de pesos $225,00, con declaración de reincidencia por segunda vez y las costas del proceso (que deberán contemplar el valor de la pericia practicada de $47.520). Asimismo, se dispuso la destrucción de la sustancia incautada (efecto N°628) y la devolución del dispositivo móvil marca Samsung color dorado. Asimismo, se ordenó practicar el cómputo de pena y remitir actuaciones a la Secretaría de Ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "ACERCA DEL ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO. Respecto de la admisibilidad, habiendo quedado documentado de forma precedente el conocimiento 'de visu' que exige el art. 431 bis, inciso 3º del CPPN, ratificado que fuere por las partes los términos del acuerdo, teniendo en cuenta las constancias de la instrucción y la naturaleza del hecho ventilado en el caso de marras, no he de discrepar con la calificación legal que se postula en los términos que han de señalarse en el considerando respectivo del fallo, ni estimo necesario un mejor conocimiento de los hechos. Por ello, de acuerdo a las normas citadas precedentemente, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, RESUELVE: DECLARAR ADMISIBLE el acuerdo de juicio abreviado celebrado por las partes a fs. 250/251." 2) "En tal sentido, conforme surge de la requisitoria de elevación a juicio glosada a fs. 145/146, se imputa a Betanzo Ricardo Gabriel que en fecha 27 de septiembre de 2022, entre las 00:15 y las 2:50 horas, en calle Gansos Verdes N.º 4324 de esta ciudad, este tenía, bajo su esfera de poder, la cantidad de cuatro con cincuenta y ocho gramos (4,58) de cocaína, contenidos en un envoltorio de nylon blanco; como también, trecientos cuarenta y ocho con ochenta y siete gramos (348,87) de marihuana fraccionado en siete (7) bolsas nylon... Conforme surge del Informe Pericial N. º 312/22 (fs. 74/79), elaborado por el Gabinete Científico de la Policía Federal Argentina – Delegación Comodoro Rivadavia, se concluyó que la sustancia secuestrada corresponde a marihuana, con un peso total de 348,87 gramos y a cocaína con un peso total de 4,58 gramos." 3) "En este marco, la intervención judicial queda limitada al control de legalidad del convenio celebrado, sin que resulte posible apartarse del marco fáctico, la calificación legal o la pena acordada por las partes en perjuicio del imputado. En efecto, cualquier intromisión en esos aspectos implicaría desnaturalizar la esencia del instituto y exceder las facultades conferidas al Tribunal en esta instancia. Por ello, de acuerdo a las normas citadas precedentemente, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, constituido de manera Unipersonal, RESUELVE: I.
- CONDENAR A RICARDO GABRIEL BETANZO... a la PENA DE DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, MULTA DE PESOS $225,00, con declaración de REINCIDENCIA POR SEGUNDA VEZ y las costas del proceso, qué deberán contemplar el valor de la pericia practicada y agregada a fs. 79 -pesos $47.520
- ... II.
- DISPONER LA DESTRUCCIÓN de la sustancia incautada... y la DEVOLUCIÓN del dispositivo móvil marca Samsung color dorado secuestrado en las presentes actuaciones."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; la resolución es unipersonal firmada por el Juez de Cámara Enrique Nicolás Baronetto y el Secretario Tomás Buffa.

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