Logo

MAYA EDGARDO JOSE c/ ANSES s/PENSIONES

El actor reclamó la pensión derivada del fallecimiento de la causante por considerarla aportante regular. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, fijó costas a la vencida en la Alzada y reguló honorarios de la dirección letrada en el 30% de lo que se imponga en la instancia anterior.

Pension por fallecimiento Anses Aportes Aportante irregular Decreto 460/99 Seguridad social Costas a la vencida Honorarios 30% Computo de servicios Ley 24.241


¿Quién es el actor?

MAYA EDGARDO JOSE (peticionante de la pensión).

¿A quién se demanda?

ANSES (organismo administrativo).
- Objeto de la demanda: Otorgamiento de la pensión derivada del deceso de la causante (Patricia Alejandra Cassanello), por entender que reunía la calidad de aportante regular.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia recurrida, confirmó en lo pertinente la doctrina aplicada y, en consecuencia, modificó la calificación de la calidad de aportante conforme al cómputo analizado; además impuso costas a la vencida en la Alzada y regularizó los honorarios de la dirección letrada de la parte actora en el 30% de lo que se fije en la instancia anterior. Fundamentos principales (textos transcritos relevantes):
- "En orden a la cuestión traída a conocimiento de este Tribunal, cabe señalar que del cómputo ilustrativo digitalizado sobre el que el organismo sustentó su resolución, surge que la Sra. Patricia Alejandra Cassanello, falleció el día 08-01-2020. A esa fecha contaba con 51 años y 20 días de edad, y acreditaba 14 años, 4 meses y 9 días de servicios con aportes."
- "En línea con lo expresado, no debe resultar un obstáculo para acceder a la prestación, la falta de ingreso de aportes durante el último año anterior al fallecimiento, sin desmedro de los principios propios de la seguridad social."
- "De acuerdo a lo indicado, y en tanto en las presentes actuaciones ha quedado acreditado que el causante falleció 08/01/2020 a los 51 años y 20 días de edad y que el organismo computó 14 años, 4 meses y 9 días de servicios con aportes; las cotizaciones ingresadas son suficientes para considerarlo un aportante irregular con de acuerdo con el requisito del 50% de los aportes necesarios derecho requeridos según lo normado por el decreto mencionado."
- "Por lo expuesto, corresponde revocar parcialmente la sentencia recurrida respecto a la calidad de aportante otorgada y establecer la misma de acuerdo a lo expresado precedentemente."
- Sobre costas y honorarios: "Imponer las costas en la Alzada a la vencida... (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))." y "regular los honorarios de la dirección letrada de la parte actora por su actuación en la Alzada, en el treinta por ciento (30%) de lo que se regule en la instancia anterior, cfr. normativa aplicable." Disidencias relevantes:
- No consta voto en disidencia en el bloque resolutorio final; la resolución que aquí se expone es la decisión de la Cámara.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar