RIGONI, MARIO ANDRES c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Recurso de apelación contra dictamen de la Comisión Médica Central por retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central, al considerar incontrovertidas las conclusiones médicas que consignaron una incapacidad previsional del 31,21% y aplicar el criterio objetivo del precedente Sosa.
¿Quién es el actor?
RIGONI, MARIO ANDRES.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central en causa de retiro por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central y ordenó devolver las actuaciones al organismo de origen; además impuso las costas de esta instancia por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"Del informe técnico producido por los profesionales intervinientes, al que la Sala se remite y da por reproducido por razones de brevedad, surge que las patologías que afectan a la apelante, minuciosamente por ellos descritas y valoradas conjuntamente con los factores complementarios que establece el Anexo 1 del decreto 478/1998, según las circunstancias particulares del caso, provocan a la recurrente una incapacidad a los fines previsionales del 31 ,21% de la total obrera."
"En este orden, luego de analizar la situación del recurrente a la luz del criterio objetivo de interpretación propiciado por la Corte Suprema en el precedente “Sosa” (Fallos 340:2021), ponderando que las conclusiones médicas antes referidas no fueron objeto de impugnación alguna, corresponde confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central recurrido."
"Las costas se impondrán por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida."
- Votos y disidencias relevantes: No consta disidencia; la parte resolutiva final confirma íntegramente el dictamen de la Comisión Médica Central.
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