Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GONZALEZ, RAUL ALFREDO s/ROBO
Imputado fue condenado por robo en tentativa y daño al servicio ferroviario; la Cámara impuso seis meses de prisión efectiva, declaró la reincidencia y ordenó el cumplimiento domiciliario del saldo de pena bajo control de la Cámara de Apelaciones de San Martín. El tribunal valoró la admisión de responsabilidad, prueba documental y testimonial, y aplicó la pena acordada en el juicio abreviado por adecuarse a la escala penal.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal General), que suscribió el acuerdo de juicio abreviado.
- Demandado / Imputado: Raúl Alfredo González (DNI 21.860.677).
- Objeto de la demanda: Imputación por hechos consistentes en sustracción y corte de cables del tendido y cajas de circuitos del Ferrocarril Mitre, causando interrupción del servicio; calificados como robo simple en grado de tentativa, en concurso ideal con afectación del normal funcionamiento de los transportes, comunicaciones y otros servicios, en concurso real con robo en grado de tentativa (arts. 42, 45, 50, 54, 55, 164 y 194 CP).
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Raúl Alfredo González a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, al pago de las costas (monto $4.700), se declaró la reincidencia y se dispuso que el saldo de pena se cumpla bajo la modalidad de prisión domiciliaria prevista en el art. 32 ley 24.660, con seguimiento de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín; se ordenó decomiso y destrucción/archivo de los elementos incautados y la ejecución de la pena quedó a cargo del sentenciante.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"Que de acuerdo al artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, debe analizarse si el acuerdo arribado por las partes es admisible, para fundar la aplicación del juicio abreviado que desplaza el desarrollo del debate oral y público contemplado en el ordenamiento procesal... considero que resulta formalmente admisible la solicitud, conforme al artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, por lo que puede imprimirse a la presente el trámite requerido por las partes, y la causa queda en condiciones de dictarse sentencia (artículo 399 del C.P.P.N. y 9 de la ley 27307)."
"Del análisis de la prueba incorporada al expediente, se tiene por acreditado que Raúl Alfredo González, el 23 de junio de 2024... se apoderó ilegítimamente mediante el uso de la fuerza, de cables... ocasionando la interrupción del servicio ferroviario... En dicha oportunidad, se le secuestró en su poder dos cuchillos tramontina y dos rollos de señalamiento... Asimismo, lo sucedido encuentra sustento en la declaración testimonial prestada por el funcionario preventor... En igual sentido, aprecio el informe remitido por la 'Gerencia de Siniestros y Servicios Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado'..."
"Por todo lo expuesto, sumado al limitado margen que otorga el instituto del juicio abreviado me condujo a imponer la pena tal como fue solicitada por las partes, es decir SEIS MESES DE PRISIÓN -de efectivo cumplimiento
- más la declaración de reincidencia y el pago de las costas."
Sobre la reincidencia: "Surge ... que fue condenado el 30 de junio de 2011 ... a la pena de 7 años y 5 meses de prisión... Por ello, en esta causa se lo declarará reincidente (art. 50 del C.P.)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte dispositiva.
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