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BRIZUELA, ROQUE DEL TRANSITO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de haber jubilatorio por PBU y otros componentes controvertidos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el recurso de apelación de ANSES, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas y regulación de honorarios conforme ley 27.423.

Recurso de apelacion Reajuste jubilatorio Prestacion basica universal (pbu) Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Honorarios Anses Ley 27.423 Exencion impuesto a las ganancias


¿Quién es el actor?

Roque del Tránsito Brizuela (actor/jubilado).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios del haber inicial jubilatorio, incluida la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), reajustes por servicios en relación de dependencia y aportes como autónomo, y exención del Impuesto a las Ganancias sobre sumas retroactivas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la materia de apelación y agravio; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas de la presente instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes en esta Alzada en un 30% de lo previsto en primera instancia (art. 30 ley 27.423). Proceda el a quo a calcular los emolumentos en pesos y UMA en la etapa procesal oportuna.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En el caso, el a quo, tras analizar dicho componente concluyó en su actualización, conforme los fundamentos y pautas vertidas, las cuales no fueron refutados concretamente por la apelante, por lo que corresponde su rechazo. Ello sin perjuicio que, en la etapa de liquidación, se confirmen los parámetros señalados para demostrar la confiscatoriedad aludida." "Por ello atento lo señalado, entiendo que otorgarle nuevamente una actualización significaría un enriquecimiento sin causa (v. CFASS, Sala 3, in re 'Usseglio, Alcides P. c/ ANSES', sent. del 03/09/2013)." "En mérito del resultado que se instruye en el acuerdo precedente, SE RESUELVE: 1º) NO HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por la demandada ANSES y en consecuencia, CONFIRMAR la sentencia la sentencia de primera instancia en lo que fuera materia de apelación y agravio. 2º) DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e IMPONER las costas de la presente instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423).3º) REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes en esta Alzada en un treinta por ciento (30%) de lo previsto en primera instancia (art. 30 ley 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhieren al voto del Dr. Pérez Curci, conformando la decisión unánime del tribunal.

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