Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FLORES VALENCIA, MODESTO Y OTRO s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO DAMNIFICADO: SETRINI, SABRINA
Se ventiló causa por abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por dos personas contra Sabrina Inés Setrini. La Cámara (Tribunal Oral N°29) condenó a Modesto Flores Valencia a diez años y a César Ramiro Garay a nueve años de prisión, revocó excarcelaciones y ordenó su detención sustentando la convicción en prueba testimonial, pericia médica y prueba genética.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Juan Varela, Auxiliar Fiscal de la Fiscalía General N°27).
Demandado: Modesto Flores Valencia y César Ramiro Garay.
Objeto: Se les imputó y se juzgó por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por dos personas (arts. 45 y 119 tercer párrafo y cuarto párrafo inciso d) del C.P.).
Decisión: Se condenó a Modesto Flores Valencia a la pena de diez años de prisión, accesorias legales y costas, y a César Ramiro Garay a la pena de nueve años de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlos coautores penalmente responsables del delito citado; se revocó la excarcelación/exención de prisión de ambos y se ordenó su detención (con disidencias parciales respecto de la modalidad/procedencia de las medidas cautelares).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales):
1) “Se realizó el peritaje de ADN obrante a fs. 525 del Sistema Lex 100 ... arrojando una probabilidad de identidad superior al 99.9999 % entre ambos perfiles.”
2) “el examen médico legal ... consignó ... que a nivel genital presentaba un desgarro vaginal en hora 6 de menos de 12 horas de evolución. De este modo, se ha podido confirmar no solo el acceso carnal, sino también el empleo de violencia sobre la víctima.”
3) “En virtud de todo lo expuesto, estimo adecuado imponerle a Modesto Flores Valencia la pena de diez años de prisión y a César Ramiro Garay la pena de nueve años de prisión, en ambos casos, con accesorias legales y costas...”
- Disidencia relevante: el Juez Goerner expresó disidencia parcial respecto de la modalidad/procedencia de la detención (se consigna en la resolutiva que la detención y la prisión preventiva se disponen “con la disidencia del Juez Goerner sobre la modalidad de la detención dispuesta” y sobre “la procedencia de la medida cautelar dispuesta”).
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