ARCHANESZEN, ANA MARIA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora reajustes de haberes y recálculo del haber inicial por Prestación Compensatoria y PBU. La Cámara hizo lugar parcial al recurso de ANSES y modificó la sentencia para ordenar la determinación del haber inicial aplicando el índice ISBIC hasta 01/03/2009 y el mecanismo de la ley 26.417 desde entonces hasta la fecha de adquisición (16/01/2015), confirmando el resto y declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
¿Quién es el actor?
ANA MARIA ARCHANESZEN.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: acción por reajustes varios; impugnación del cálculo del haber inicial y de la actualización de prestaciones (PBU/PC/PAP
- moratoria
- reparto), solicitud de actualización por índices (ISBIC/IPC), y planteos de inconstitucionalidad de normas y topes legales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación deducido por ANSES y modificó la sentencia de fecha 09/04/2025 en lo pertinente: ordenó a ANSES determinar el haber inicial aplicando ISBIC (promedio general no calificado) hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 y, desde esa fecha, aplicar el mecanismo de actualización del art. 2 hasta la fecha de adquisición del derecho (16/01/2015); declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y de ciertas normas administrativas (Decreto 807/2016, Res. ANSES 56/2018 y normas de la Secretaría de la Seguridad Social) en los términos indicados; difirió el tratamiento del planteo sobre el art. 9º para la etapa de liquidación; rechazó el pedido de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241; y confirmó la sentencia en el resto de sus partes. Se impusieron las costas a ANSES y se fijaron honorarios al 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
1) “Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos ‘Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios’ (Fallos 332:1914), hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 (01/03/2009), fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de la Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho (16/01/2015).”
2) “La misma CSJN, ha admitido recientemente la actualización de la PBU respecto de beneficios adquiridos con posterioridad a la vigencia de la ley N°26.417, en los autos: ‘González, Héctor Orlando’ (CSJN, 4/02/21, FMP 41051103/2011/1/RH1), por lo que, corresponde rechazar el agravio de la demandada.”
3) “En mérito del resultado que se instruye en el acuerdo precedente, SE RESUELVE: 1º) HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación deducido por ANSES y, en consecuencia, MODIFICAR la sentencia... DECLARAR la inconstitucionalidad de oficio del decreto 807/2016, Resolución de Anses 56/2018 y de la secretaria de la Seguridad Social 6/2016 y 1/2018...; 2º) CONFIRMAR la sentencia en el resto de las consideraciones planteadas. 3º) DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD del art. 3 DNU 157/2018 e IMPONER las costas de la presente instancia a la recurrente vencida ANSES...”
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte dispositiva; el acuerdo se adoptó por los votos que integran la parte resolutiva transcripta.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: