Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FARIAS NUÑEZ, MARIA DE LOS ANGELES s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)
Imputada por tenencia simple de estupefacientes (art. 14, ley 23.737) acordó juicio abreviado; el Tribunal homologó el acuerdo y condenó a María de los Ángeles Farías Núñez a 1 año de prisión en suspenso, multa de $112,50, costas y reglas de conducta por 4 años, disponiendo la destrucción de lo incautado.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representante de la vindicta pública).
- Demandado / Imputada: María de los Ángeles Farías Núñez.
- Objeto de la acción: Investigación y juzgamiento por infracción al artículo 14, primera parte, de la ley 23.737 (tenencia simple de estupefacientes) en relación con dos allanamientos (5/4/2022 y 29/4/2023) que arrojaron incautaciones de cannabis sativa y clorhidrato de cocaína.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre la representante del Ministerio Público Fiscal y la imputada; se condenó a la imputada a la pena de un (1) año de prisión en suspenso, multa de $112,50 y costas; se impusieron las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis del Código Penal por cuatro (4) años; se ordenó la destrucción del resto de la sustancia incautada; y se impuso el pago de la tasa de justicia por $4.700, con apercibimiento y posterior multa y certificado de deuda en caso de incumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"No obstante esa presentación en conjunto, donde la procesada reconoce su autoría y responsabilidad respecto de los hechos investigados, debe llevarse a cabo el análisis técnico legal en su integridad objetiva y subjetiva, a fin de resguardar el debido proceso y cumplir con la función jurisdiccional."
"Así entonces, la representante del Ministerio Público Fiscal y la imputada –debidamente asistida por su defensa
- acordaron que las conductas desplegadas por María de los Ángeles Farías Núñez encuadraban en la figura prevista por el artículo 14, primera parte, de la Ley 23737, en ambas en calidad de autora."
"En suma, tener estupefacientes de uso prohibido es delito, por la sola posibilidad de que esa tenencia trascienda y aun cuando exista indeterminación del daño."
"Por último, entiendo que tenida en cuenta la base consensual sobre la que se asienta el juicio abreviado, no corresponde modificar lo convenido por las partes al celebrar el acuerdo, en virtud de que no encuentro elementos que pudieran llegar a desaprobar el examen de razonabilidad que debo efectuar en esta instancia procesal."
"María de los Ángeles Farías Núñez ha sido encontrada responsable de cometer dos hechos previstos y reprimidos en el artículo 14, primera parte, de la ley 23737, en calidad de autora... considero justo imponer la pena a la que arribaron las partes de común acuerdo, ella es, la de UN (1) AÑO DE PRISIÓN cuyo CUMPLIMIENTO SE DEJA EN SUSPENSO y el mínimo de la MULTA previsto para el tipo penal."
- Disidencias: No se registran votos discrepantes; la decisión es unipersonal dictada por la Jueza de Cámara como Tribunal Oral Federal N°1.
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