Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DA ROSA, ELEANDRO OMAR s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
El imputado fue juzgado por transporte de estupefacientes y resistencia a la autoridad. La Cámara condenó a Eleandro Omar Da Rosa a cuatro años de prisión y multa de treinta unidades fijas por transporte en grado de tentativa y resistencia, ordenando decomiso e incineración de la droga y decomiso de los celulares secuestrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dra. Vivian Andrea Barbosa, representante del requerimiento fiscal).
Demandado: Eleandro Omar Da Rosa, DNI N°39.224.726.
Objeto: Se le imputó la comisión de los delitos previstos en la ley 23.737 (transporte de estupefacientes, inciso c) y resistencia a la autoridad) relacionados con el hallazgo y traslado de aproximadamente 396,170 kg de marihuana en una camioneta S10 y la huida del imputado tras un control de Prefectura Naval Argentina.
Decisión: Se condenó a Eleandro Omar Da Rosa a la pena de cuatro años de prisión y multa de treinta unidades fijas por considerarlo autor del delito de transporte de estupefacientes con destino ilegítimo, en grado de tentativa, en concurso real con el delito de resistencia a la autoridad; se ordenó el decomiso y destrucción por incineración del remanente de la sustancia secuestrada y el decomiso de los teléfonos celulares secuestrados; se regularon honorarios del defensor y se dispuso remitir la sentencia al Registro Nacional de Reincidencia. Se impusieron las costas del proceso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
1) "La valoración de las pruebas producidas en la etapa del sumario, de conformidad a las reglas de la sana crítica (artículo 398 -segundo párrafo
- del Código Procesal Penal de la Nación
- permite considerar acreditada la hipótesis acusatoriaexpuesta en el requerimiento de elevación a juicio, a saber: ... Se encontraron y fueron secuestradas veintisiete bolsas tipo arpilleras, conteniendo cuatrocientos sesenta y siete 'panes' de marihuana, arrojando un peso total de trescientos noventa y seis kilos con ciento setenta gramos (396,170 kg.). ... La pericia química n° 128.644 ... estableció en sus conclusiones que 'las muestras analizadas e identificadas como m1 a m22 corresponden al género de cannabis sativa ("marihuana")'."
2) "En lo que respecta a la infracción a la ley 23.737, aunque considero adecuada a los hechos probados de la causa la calificación legal propuesta, se advierte que la intervención de los preventores descripta al tratar la primera cuestión implicó la interrupción -por causas ajenas a la voluntad del agente
- de un curso lesivo cuya ejecución había comenzado, lo que significa que el 'iter criminis' quedó en la etapa de tentativa."
3) "… transporte, conforme a la correcta interpretación que de las normas de la ley 23.737 deben hacerse, no implica el mero traslado o desplazamiento de la cosa prohibida de un lugar a otro, sino que deben incluir un comienzo y un destino de aquella. Con ello se ha querido puntualizar que existen actividades que en apariencia reúnen los extremos objetivos del tipo penal del transporte pero que en el caso concreto deben completarse con otras circunstancias para que el delito de transporte quede configurado. Caso contrario podríamos encontrarnos con supuestos de normas superpuestas, lo que contraría criterios de correcta interpretación de las leyes."
4) "En consecuencia, el acusado debe responder como autor de los delitos de transporte de estupefacientes -en grado de tentativa
- y resistencia a la autoridad, que resultan independientes entre sí."
5) "Las escalas penales ... se extienden desde los dos a los once años de prisión y desde las veintidós y media a las seiscientas unidades fijas. ... En síntesis, considero justo imponerle las penas de cuatro años de prisión y treinta unidades fijas en concepto de multa."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión reflejada en la parte resolutiva prevalece.
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