Incidente Nº 1 - ACTOR: O. Z., ANDRES ALEJANDRO DEMANDADO: OBRA SOCIAL DE VIAJANTES VENDEDORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA- ANDAR s/INC APELACION
ANDAR apeló contra la resolución que negó el levantamiento de una medida cautelar de cobertura médica. La Cámara Federal de La Plata declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por ANDAR por carecer de apelabilidad conforme al art. 15 Ley 16.986, y ordenó notificar y devolver actuaciones al Juzgado interviniente.
¿Quién es el actor?
O. Z., A. A. (actor/beneficiario de prestaciones).
¿A quién se demanda?
Obra Social de Viajantes Vendedores de la República Argentina (ANDAR).
- Objeto de la demanda: Solicitud del levantamiento de una medida cautelar que ordenaba a la obra social proveer cobertura integral al 100% de antiangiogénico (Aflibercept) y la inyección Avastin preoperatoria y cirugía macular en ojo izquierdo, y denuncia de incumplimiento y aplicación de astreintes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de La Plata declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la representante de ANDAR contra la resolución del 14 de mayo de 2025, ordenando el registro y notificación y la devolución por Lex100 al juzgado interviniente. En sustancia, la decisión de la instancia intermedia que había concedido la apelación fue revocada por falta de apelabilidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"Se advierte, con claridad, que la decisión recurrida no resulta apelable según lo prescribe el artículo 15 de la ley 16.986. Ello es así porque no se trata de una sentencia definitiva, ni de la resolución prevista en el artículo 3° de la ley citada, ni dispone una medida de no innovar o la suspensión de los efectos del acto impugnado. Este sistema limitado de providencias apelables armoniza con la rapidez exigida en el artículo 43 de la Constitución Nacional."
"La resolución recurrida se encuentra claramente excluida de los casos mentados por el citado artículo 15 y en el sub judice no se invocan o advierten razones que permitan asimilar lo resuelto a alguna de aquellas decisiones apelables. En estas condiciones, corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la representante de la Obra Social de Viajantes Vendedores de la República Argentina (ANDAR) contra la resolución del 14 de mayo de 2025."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el texto final.
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