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WALKER, JUAN CARLOS c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PFA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Reclamó el actor el pago del coeficiente de bonificación previsto en la Ley 19.485 sobre sus haberes de retiro. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó la liquidación con retroactividad de dos años y cargó las costas de Alzada a la demandada.

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¿Quién es el actor?

Juan Carlos Walker.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina (C.R.J.P.P.F.).
- Objeto de la demanda: Pedido de incorporación y pago del coeficiente de bonificación establecido por el art. 1 de la Ley Nº 19.485 en los haberes de retiro del actor, con liquidación y retroactividad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento de fs. 75/76 en todo cuanto fue materia de apelación y condenó en costas de Alzada a la demandada vencida.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "I.
- De las constancias de autos surge que el señor juez federal de la ciudad de Rawson admitió la demanda deducida por el Sr. Juan Carlos Walker y en consecuencia, ordenó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, a abonar en los haberes de retiro del actor -a partir de su próxima liquidación
- el coeficiente de bonificación establecido por el art. 1 de la Ley Nº 19.485, en la medida en que continúe residiendo en el ámbito geográfico de su aplicación; así como las diferencias con una retroactividad de dos años computables desde la fecha de interposición de la demanda -o fecha de pase a retiro si fuere posterior-, con el carácter expuesto en los considerandos, debiendo deducirse en la liquidación los descuentos de ley." "IV.
- Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse." "Que desde la implementación del portal de la justicia argentina... el antecedente citado, puede ser libremente compulsado por las partes... cuyas consideraciones se ajustan plenamente al caso sub examine sometido a decisión y que aquí corresponde tener por reproducidas."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; ambos magistrados (Dr. Aldo E. Suárez y Dr. Javier M. Leal de Ibarra) coincidieron en el resultado que se transcribe.

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