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HUMANA ROSA MARGARITA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste del haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente a la demanda: ordenó recalcular el haber inicial y actualizarlo conforme a la metodología jurisprudencial y legal indicada, con pago de diferencias, intereses y costas a la vencida.

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¿Quién es el actor?

Humana Rosa Margarita (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste/recalculo del haber previsional asignado en el marco de la ley 24.241, impugnación de la constitucionalidad de diversas normas y pedido de pago de las diferencias resultantes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a la A.N.Se.S. que, en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda al recálculo del haber inicial asignado conforme los lineamientos fijados en los considerandos; una vez recalculado, actualizarlo con los aumentos emergentes de la movilidad determinada en la sentencia y abonar los haberes actualizados dentro del plazo indicado; liquidar acreencias retroactivas con los intereses fijados y tener en cuenta la prescripción; costas a la vencida; regulación de honorarios de la Dirección Letrada por el 15% del crédito, con mínimas aplicables. (Texto conforme a la parte resolutiva).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." "En relación a la pretensión sobre la actualización del componente PBU, ... ese valor ... fue determinado mediante un procedimiento que contempla los incrementos otorgados a todos los beneficiarios con anterioridad a la sanción de la ley última citada ... Ahora bien, teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios' ... Sobre esta base, por cuestiones de economía, celeridad procesal y seguridad jurídica, lo pretendido queda subsumido en esos precedentes, tomando en cuenta el índice dispuesto por la CSJN in re 'Badaro, Adolfo Valentín c/ Anses s/ Reajustes Varios' sent. Del 8 de Agosto de 2006." "Por ello y levantada la suspensión, dispongo que el Organismo debe aplicar al haber de Enero 2021 – que es base de cálculo para la nueva movilidad consagrada en la ley 27.609– la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos suspendidos y los abonados durante el año 2020 por ese concepto." "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y lo declaro inconstitucional en este acto." (sobre art. 14.2 Res. SSS 6/09)
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es de un solo magistrado de primera instancia.

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