Incidente Nº 2 - IMPUTADO: GUZMAN CHAVARRIA, JOSE LUIS EXEQUIEL s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputado fue condenado por suministro gratuito de estupefaciente tras audiencia de acuerdo pleno; se homologó la pena de 3 años de prisión en suspenso y multa de 15 unidades fijas. El tribunal consideró acreditada la entrega de 0,4 g de cocaína y la ausencia de indicios de operaciones comerciales, justificando la calificación por suministro a título gratuito y la pena acordada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la Dra. Patricia Nélida Santoni, Fiscal Subrogante).
Demandado: José Luis Exequiel Guzmán Chavarría (DNI 47.724.024), imputado.
Objeto: Homologación de un acuerdo pleno celebrado en audiencia conforme arts. 323 y 324 C.P.P.F., que ajusta la calificación a suministro de estupefaciente a título gratuito (art. 5° inc. e), segundo supuesto, Ley 23.737) y fija pena y reglas de conducta.
Decisión: Se homologó el acuerdo pleno y se condenó a José Luis Exequiel Guzmán Chavarría a tres (3) años de prisión en suspenso, multa mínima de quince (15) unidades fijas y costas; se impusieron reglas de conducta (fijar residencia, abstenerse de usar estupefacientes/abuso de alcohol, donación mensual por un año), se ordenó control por la DCAEP, decomiso y destrucción de drogas, decomiso del dinero y celulares, imputación del dinero decomisado al pago de la multa, y pase a la etapa de ejecución penal. Se dejó constancia de la conformidad del Fiscal Revisor y renuncia a plazos del art. 360 C.P.P.F.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"Por ende, considero probado que el día 12 de abril del 2025, José Luis Exequiel Guzmán Chavarría, suministró sustancia estupefaciente a título gratuito a Jofiel Valentino Martínez."
"En cuanto a la gratuidad de la entrega, en el caso de marras se desprende de la falta de acreditación de una operación de compra y venta de estupefacientes; considerando a este tipo de maniobra como aquella en la que se hacen prestaciones recíprocas. En relación a ello, cabe valorar que de lo acordado por las partes y en especial de la prueba reseñada por el Ministerio Público Fiscal, en cuanto menciono a la escasa cantidad de dinero hallada en el domicilio y el informe de estado patrimonial del imputado que da cuenta que no existían movimientos registrados. Además, cabe valorar la ausencia de elementos de fragmentación de sustancia, reforzando así esta conclusión. Por lo tanto, entiendo que se hallan reunidos todos los elementos que la figura de entrega de estupefacientes a título gratuito -prevista en el artículo 5 inciso e), segundo supuesto, de la ley 23.737 -requiere para su configuración."
"Como quedó establecido, José Luis Exequiel Guzmán Chavarría ha sido encontrado responsable de haberle suministrado a Jofiel Valentino Martínez un (1) envoltorio realizado en nylon conteniendo 0,4 gramos de cocaína, a título gratuito."
(No existen votos en disidencia en el expediente analizado.)
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