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SIERRA, NILDA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES reclamando reajustes varios de su prestación previsional. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando mantener la actualización de la PBU y de las remuneraciones que integran la base de cálculo.

Prestacion basica universal Anses Reajustes Pbu Pc Pap Ley 27.426 Retroactivo Impuesto a las ganancias Costas


¿Quién es el actor?

SIERRA, NILDA BEATRIZ.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial de la Prestación Básica Universal (PBU), actualización de componentes (PC, PAP, IB), tratamiento de aportes en moratoria y la afectación del retroactivo por impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES; se impusieron las costas de la instancia a la vencida (ANSES) y se regularon honorarios por un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del voto mayoritario): “a.
- En relación del agravio sobre la actualización ordenada por el a-quo de la PBU, la misma debe ser confirmada. Ello por cuanto el juez de sentencia se funda en precedentes de esta Cámara donde se analiza los beneficios adquiridos luego del 2009 y se determina que la PBU debe ser actualizada hasta tanto entra en vigencia la ley nº 26.417, que en su artículo 4º estableció que el monto de la PBU deje de ser una fórmula, para pasar a ser una suma fija, estipulada en PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS ($ 326) ... De esta manera, y sin perjuicio de que en la etapa de liquidación se confirmen los parámetros señalados por el accionante para demostrar la confiscatoriedad aludida, entiendo acertado aplicarle a los $ 200 la movilidad ordenada en la sentencia de primera instancia por el periodo 2002 al 2006 y luego las movilidades dispuestas en las leyes nº 26.417 y nº 27.426, hasta la fecha de adquisición del derecho.” “b.
- Respecto a la actualización de los componentes PC y PAP, con la sanción de la ley 27.426, el Congreso retomó la facultad de fijar los indicadores ... ofrecen una respuesta adecuada al caso, ya que no existen períodos sin actualización y en su formulación se tomaron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie, no resultan irrazonables ni arbitrarios. Por tales motivos, corresponde desestimar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la Prestación Compensatoria (PC), la Adicional por Permanencia (PAP) e Ingreso Base (IB), conforme al método señalado en la ley 27.609 y sus normas concordantes.” “e.
- En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que ... la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. Así, no se cuestiona la constitucionalidad de la ley sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio ... la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita.”
- Disidencias: No existen votos en disidencia; los doctores Pérez Curci y Castiñeira de Dios adhieren al voto que antecede, formando la mayoría señalada en la parte resolutiva.

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