GIMENEZ PERALTA, ENCARNACION c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora, Encarnación Gimenez Peralta, reclamó reajustes sobre haberes previsionales y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación presentado por ANSeS, mantuvo la decisión de primera instancia respecto de la exención del impuesto sobre el retroactivo, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en 30% de lo previsto en primera instancia.
¿Quién es el actor?
GIMENEZ PERALTA, ENCARNACION.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales y cuestión relativa al tratamiento tributario del retroactivo (impuesto a las ganancias).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes en esta Alzada en un treinta por ciento (30%) de lo previsto en primera instancia (art. 30 ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"a.
- En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria."
"Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
"c.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
"En mérito del resultado que se instruye en el acuerdo precedente SE RESUELVE: 1º) NO HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la representante de ANSeS. 2º) IMPONER las costas a la demandada vencida (art. 36 de la ley nº 27.423). 3º) REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes en esta Alzada en un treinta por ciento (30%) de lo previsto en primera instancia (art. 30 ley 27.423)."
- Votos: El Dr. Manuel Alberto Pizarro emitió el voto que fundamenta el rechazo; los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron al mismo. No consta disidencia.
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