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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FRANCO ORTEGA, JORGE LUIS s/TENENCIA SIMPLE

El Ministerio Público Fiscal acordó juicio abreviado por tenencia simple de estupefacientes respecto de Jorge Luis Franco Ortega por la tenencia de 86 gramos de marihuana. La Cámara homologó el acuerdo, condenó a Franco Ortega a 1 año de prisión efectiva y multa de $112,50, y unificó con otra condena previa para imponer pena única de 2 años y 4 meses, manteniendo la reincidencia.

Tenencia simple Ley 23737 Marihuana 86 gramos Juicio abreviado Homologacion Pena unificacion Reincidencia Condena 1 ano Pena unica 2 anos 4 meses Destruccion de estupefacientes


¿Quién es el actor?

Representante del Ministerio Público Fiscal.
- Demandado / Imputado: Jorge Luis Franco Ortega, DNI 27981389.
- Objeto de la causa: Juicio abreviado por la infracción al artículo 14, primera parte, de la Ley 23737 (tenencia simple de estupefacientes) por hallazgo de 86 gramos de cannabis sativa en su esfera de custodia durante requisa en el Complejo Penitenciario N° II San Felipe (24 de mayo de 2013). También se solicitó unificación de penas con condena previa del 22/08/2024.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a Franco Ortega a la pena de UN (1) AÑO DE PRISIÓN EN EFECTIVO y MULTA DE CIENTO DOCE PESOS CON 50/100 ($112,50) por tenencia simple (art. 14 ley 23737); se unificaron las penas con la sentencia n.º 1117 del 22/08/2024 para imponer pena única de DOS (2) AÑOS Y CUATRO (4) MESES de prisión efectiva y multa de $112,50; se mantuvo la declaración de reincidencia; se ordenó destrucción de la sustancia y decomiso de elementos secuestrados; y se impusieron costas y tasa de justicia por $4.700, con reglas de ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 1) “Vienen a conocimiento y decisión del tribunal los presentes autos, luego de la audiencia de visu llevada a cabo con el imputado, obrante a fs. 138, todo ello en el marco del trámite de juicio abreviado iniciado con el acuerdo presentado por las partes.” (Introducción, I) 2) “Así es que los elementos probatorios analizados bastan para disipar toda duda acerca de la materialidad del hecho traído a juicio. De su valoración integral surge indudablemente que Jorge Luis Franco Ortega era quien detentaba la sustancia prohibida que le fue incautada.” (V y VI) 3) “Tenido en cuenta el alcance de lo normado en los artículos 40 y 41 del Código Penal, ... considero justo imponer al encausado la pena a la que arribaron las partes de común acuerdo, ella es la de UN (1) AÑO de PRISIÓN EN EFFECTIVO y MULTA DE PESOS CIENTO DOCE CON CINCUENTA ($ 112,50).” (VIII) 4) “Del acta acuerdo de juicio abreviado surge que las partes acordaron solicitar a este tribunal la unificación de la pena ... Respecto del monto de la pena única a imponer, las partes solicitaron que se fijara en dos años y cuatro meses de prisión y multa de ciento doce pesos con 50/100.” (IX)
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es unipersonal por la jueza de cámara y la parte resolutiva fue dictada y firmada por la Jueza María Paula Marisi.

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