Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AQUINO, ALEXIS DAVID s/INFRACCION LEY 23.737
Imputado acusado por posesión de 2,060 kg de cannabis fue juzgado en juicio abreviado por el Ministerio Público Fiscal. El Tribunal Oral Federal de Posadas declaró admisible el juicio abreviado y condenó a Alexis David Aquino a dos años de prisión en suspensión, multa de $75, reglas de conducta por 2 años y costas, disponiendo además la destrucción de las muestras y la restitución del teléfono secuestrado.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Dra. Vivian Andrea Barbosa).
- Demandado/Imputado: Alexis David Aquino (DNI 36.632.008).
- Objeto de la demanda: Hecho imputado consistente en la tenencia de sustancias estupefacientes (Cannabis sativa) — 2,060 kg — halladas en mochila durante control en ómnibus (presunta tenencia simple vs. tráfico/consumo).
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente admisible el procedimiento de Juicio Abreviado y se condenó a Alexis David Aquino como autor del delito de Tenencia Simple de Estupefacientes a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, MULTA DE PESOS SETENTA Y CINCO ($75,00) y COSTAS; se impusieron reglas de conducta por dos años (fijar residencia y patronato; abstenerse de concurrir a casinos; abstenerse de consumir estupefacientes o abusar del alcohol; asistir y completar la escolaridad secundaria o presentar título), se ordenó la destrucción por incineración de las muestras, la restitución del teléfono móvil secuestrado, el levantamiento de la prohibición de salida del país y la eximición del pago de honorarios al Ministerio Público de la Defensa.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Examinadas como fueron las presentes actuaciones, estimo que se encuentran cumplidos los requisitos para declarar formalmente admisible la aplicación del instituto del Juicio Abreviado, ya que la solicitud formulada en el marco de la audiencia cuenta con la conformidad del imputado y de su defensa acerca de la existencia del hecho, tal como fuera descripto en el Requerimiento de Elevación de la Causa a Juicio de fs. 134/137, su participación y nueva la calificación legal."
"Todo lo hasta aquí descripto, permite tener por acreditado el hecho con el grado de certeza exigido para esta etapa procesal, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo antes expuestas, dando así también fundamento objetivo al acuerdo celebrado entre las partes y que fuera ratificado ante esta Magistratura."
"Por lo tanto, propicio se condene a ALEXIS DAVID AQUINO, a la pena de DOS AÑOS DE PRISION DE EJECUCION CONDICIONAL y MULTA de PESOS SETENTA Y CINCO ($75,00), por considerarlo autor penalmente responsable del delito de 'TENENCIA SIMPLE DE ESTUPEFACIENTES', previsto y reprimido por el art. 14, primer párrafo, de la Ley 23737 y arts. 21, 26 y 45 del Código Penal, dándose cumplimiento a las disposiciones complementarias antes establecidas."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la sentencia fue dictada unipersonal por el Juez de Cámara actuante.
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