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HEREDIA, EVA ISABEL c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La actora reclamó diferencias por la liquidación de la zona austral de su pensión desde septiembre de 2022. El Juzgado Federal de General Roca rechazó la demanda por cosa juzgada y prescripción atendiendo a un amparo previo firme y ordenó costas a la actora, además de regular honorarios conforme a la ley 27.423.

Zona austral Pension Prescripcion Cosa juzgada Amparo previo firme Costas Regulacion de honorarios Ley 27.423 Juzgado federal de general roca Ley 19.485


¿Quién es el actor?

HEREDIA, EVA ISABEL (actora).

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL (demandada).
- Objeto de la demanda: Liquidar diferencias por la bonificación "zona austral" en el haber de pensión desde septiembre de 2022 hasta el cumplimiento de una sentencia de amparo, con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda incoada por Eva Isabel Heredia contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal; costas para la actora; y se regulan honorarios conforme a la ley 27.423 (ver montos). La decisión se funda en que los períodos reclamables deben haber sido exigidos en el amparo previo cuya sentencia definitiva fue dictada el 18/03/2021 y se encuentra firme, y en la aplicación del plazo de prescripción de dos años que, tomado desde el inicio del presente trámite (septiembre de 2024), alcanza hasta septiembre de 2022, por lo que no hay períodos reclamables en estos autos.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En tal oportunidad, se ordenó incorporar al haber previsional de la actora el coeficiente por zona austral (bonificación creada por el art. 1 de la Ley 19.485), por las razones allí expuestas, a las cuales remito en honor a la brevedad, pronunciamiento que se encuentra firme. De ello surge que los periodos posteriores a dicha fecha, por aplicación del precedente ya mencionado, ('San Martín'), deberán ser exigidos en el amparo referido. Ello desde que por la aplicación del período de prescripción de dos años anteriores al inicio de la presente demanda, teniendo en cuenta como fecha de interrupción de la prescripción liberatoria, la fecha de inicio del presente trámite septiembre de 2024, los dos años referidos impactan en septiembre 2022, por lo que no se aprecian períodos reclamables en estos autos. Lo que sella la suerte adversa del reclamo de la parte actora."
- Costas y honorarios (transcripción): "II.
- Costas a la actora vencida (art. 68 del CPCC). III.
- A efectos de proceder a la regulación de honorarios , en atención a lo dispuesto por la ley 27.423, regulo los honorarios de la Dra. LAMELA ANA ROSA, en su carácter de patrocinante por la parte actora... en la cantidad de 10 UMA ... equivale ... a la suma de $772.290. Asimismo regulo los honorarios de la Dra. Ornella Agustina Martin, en su carácter de apoderada por la parte demandada, en la cantidad de 20 UMA ... equivale ... a la suma de $1.544.580 ... Importe al que deberá adicionársele el 21% correspondiente al Impuesto al Valor Agregado en caso de corresponder. Los honorarios regulados precedentemente, deberán abonarse en el término de diez (10) días desde la firmeza de la presente y devengarán en caso de mora... un interés a la tasa activa que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina..."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; la parte resolutiva es la decisión del tribunal.

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