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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: MACARENA FLORENCIA AREBALO Y OTRO s/Audiencia de control o revocación de normas de conducta en SPP (Art. 35, 8vo. párr.)

Audiencia de control de Probation. Se sobreseyó a dos imputados por tentativa de contrabando de importación por haberse cumplido la Suspensión del Proceso a Prueba. El Juzgado dispuso el sobreseimiento de Macarena F. Arebalo y Esteban E. Aybar y ordenó comunicar la resolución al Registro Nacional de Reincidencia.

Probation Suspension del proceso a prueba Sobreseimiento Tentativa de contrabando de importacion Codigo aduanero Art. 76 ter cp Art. 269 cppf Fiscalia federal de oran Registro nacional de reincidencia Cumplimiento de condiciones.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fiscalía Federal de Orán, representada por el Dr. Marcos César Romero, solicitó la extinción de la acción penal y el sobreseimiento. Demandado: Imputados Macarena Florencia Arebalo, DNI N° 37.633.275, y Esteban Elías Ezequiel Aybar, DNI N° 31.454.509. Objeto: Control de cumplimiento de la Suspensión del Proceso a Prueba (Probation) y resolución sobre posible incumplimiento; petición de extinción de la acción penal y sobreseimiento por cumplimiento de las condiciones impuestas en la Probation en causa por tentativa de contrabando de importación de mercadería. Decisión: Se hizo lugar al pedido y se DISPUSO EL SOBRESEIMIENTO de Macarena Florencia Arebalo y Esteban Elías Ezequiel Aybar por el delito de “Tentativa de contrabando de importación de mercadería” (Arts. 864, inc. “a”; 865, inc. “i” y 871 del Código Aduanero), al haberse aplicado la Suspensión del Proceso a Prueba y haberse cumplido con las condiciones previstas en el Código Penal (art. 76 ter y 59 inc. 7mo.) y el Código Procesal Penal Federal (art. 269 inc. “g”). Además, se ordenó comunicar la resolución al Registro Nacional de Reincidencia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): 1) "Que, en esa oportunidad se les imputó el Delito de Tentativa de Contrabando de Importación y se celebró un acuerdo de Suspensión del Proceso a Prueba, el cual se luce cumplido." 2) "En consecuencia, como bien lo solicitó tanto el Fiscal Dr. Romero como la Dra. Solís, en los términos del art. 269 inc. 'g' del C.P.P.F., es decir, se ha aplicado alguna regla de conducta y la misma se ha cumplido, dispongo el sobreseimiento total de Macarena Florencia Arébalo y Esteban Elías Ezequiel Aybar por el Delito de Tentativa de Contrabando de Importación, debiéndose cursar las correspondientes notificaciones al Registro Nacional de Reincidencia." 3) "Concedida la palabra al Dr. Romero indicó que la audiencia fue solicitada a raíz del control que llevan periódicamente sobre las Probation que son otorgadas... Que, no hay novedades en relación a algún incumplimiento de las otras reglas de conducta, y que, del informe de reincidencia con fecha del 12 de septiembre de este año, no surge novedad en cuanto a la comisión de un nuevo delito. Por ello, solicitó al suscripto la extinción de la acción penal de ambos imputados al haberse cumplido con los términos de la Suspensión del Proceso a Prueba."
- Votos en disidencia: No aparecen votos en disidencia en el expediente; la resolución es única y dictada por el Juez Federal interviniente.

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