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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DIAZ, ALEJANDRO MANUEL s/INFRACCION LEY 23.737

Condenan a imputado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y ordenan su traslado a unidad penitenciaria. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Posadas, juez unipersonal) impuso cuatro años de prisión, multa de $2.250.000, accesorias y costas, y decretó decomiso y destrucción de elementos vinculados al hecho.

Juicio abreviado Tenencia con fines de comercializacion Cocaina 48 91 g Condena cuatro anos Multa $2.250.000 Decomiso Incineracion Traslado a unidad penitenciaria federal Pericia quimica n? 124.854 Tribunal oral federal de posadas


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (propuesta de la Sra. Fiscal General Oral Federal de Posadas, Dra. Vivian Andrea Barbosa).
- Demandado / Imputado: Alejandro Manuel Díaz (DNI 31.361.504), detenido, nacido 02/02/1985, domiciliado en Garupá, Misiones.
- Objeto de la demanda: Juicio abreviado por la presunta comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. "c" Ley 23.737 y art. 45 CP), por hallazgo de clorhidrato de cocaína (48,91 g), dinero en efectivo ($182.850), teléfonos y elementos vinculados.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Alejandro Manuel Díaz a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos dos millones doscientos cincuenta mil ($2.250.000), accesorias legales y costas, como autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; se reiteró la orden de traslado urgente a Unidad Penitenciaria Federal; se ordenó la destrucción por incineración de remanentes de la pericia y contramuestras y la destrucción/decomiso de elementos vinculados (teléfono, bolsitas, CDs) y el decomiso y transferencia de la suma de dinero secuestrada a la cuenta indicada en el considerando.
- Fundamentos principales (textos reproducidos tal cual aparecen en la sentencia): "Las presentes actuaciones tuvieron inicio en fecha 14 de marzo de 2024... en el interior del domicilio del detenido ... se encontró una bolsa de polietileno celeste que contenía ... sustancia polvorienta blanca, con similares características al clorhidrato de cocaína... Se procedió al pesaje de la sustancia arrojando un total de 48,91 gramos." "La naturaleza de la sustancia secuestrada está suficientemente probada con la Pericia Química N° 124.854, que determinó que el material estupefaciente se trataba de clorhidrato de cocaína, en un 95,736% de concentración... arrojando del pesaje un total de 48,91 gramos, susceptible de ser calificada en los términos del art. 77 del Código Penal..." "Por ello, estimo adecuado aplicar a ALEJANDRO MANUEL DIAZ la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 2.250.000), ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS como AUTOR penalmente responsable del hecho calificado como TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN (art. 5 inc. 'c' de la Ley 23.737 y art. 45 del C.P.A.)." "El peso total de la droga secuestrada y la forma de acondicionamiento; sumado a otros elementos de fraccionamiento, el teléfono celular del imputado -que según la pericia telefónica
- contiene conversaciones que no dejan lugar a dudas que comercializaba a través de ese medio y la suma de dinero hallados, clausuran la posibilidad de presumir que la misma pudo haber sido destinada al exclusivo uso personal."
- No existen votos en disidencia en el expediente: el pronunciamiento fue dictado por el Juez de Cámara actuando unipersonalmente conforme al trámite de juicio abreviado y la parte dispositiva es la decisión final.

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