ALFARO, JORGE HORACIO c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamó Jorge Horacio Alfaro el pago del coeficiente de bonificación zonal previsto en la Ley 19.485 sobre sus haberes de retiro contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó la liquidación con retroactividad de dos años, impuso costas a la demandada y reguló honorarios por el 30% en alzada.
Actor: Jorge Horacio Alfaro. Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina. Objeto de la demanda: Reclamo del pago del coeficiente de bonificación por zona previsto en el art. 1 de la Ley 19.485 sobre los haberes de retiro y sus diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el pronunciamiento de fs. 77 en todo cuanto fue materia de apelación; se impusieron las costas de alzada a la demandada vencida; y se regularon los honorarios de los profesionales por su actuación en alzada en un 30% de lo que se regule en la instancia de grado.
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I.
- De las constancias de autos surge que el señor juez federal de la ciudad de Rawson hizo lugar a la demanda que el Sr. Jorge Horacio ALFARO presentó contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, ordenándole a la condenada que abonae en los haberes de retiro del actor -a partir de su próxima liquidación
- el coeficiente de bonificación establecido por el art. 1 de la Ley 19485, en la medida en que continúe residiendo en el ámbito geográfico de su aplicación; así como las diferencias con una retroactividad de dos años computables desde la fecha de interposición de la demanda -o fecha de pase a retiro si fuere posterior-, con el carácter expuesto en los considerandos, debiendo deducirse en la liquidación los descuentos de ley."
"IV.
- Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
"En virtud del resultado que antecede, el Tribunal RESUELVE: 1) CONFIRMAR el pronunciamiento de fs. 77 en todo en cuanto ha sido materia de apelación. 2) COSTAS de Alzada a la demandada vencida. 3) REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes por su actuación ante esta Alzada, en un 30% de lo que oportunamente se regule en la instancia de grado."
Votos en disidencia: No consta disidencia; el Dr. Aldo E. Suárez adhiere al voto del Dr. Leal de Ibarra.
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