Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, WALTER RUBEN Y OTROS s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA y ROBO EN POBLADO Y EN BANDA DAMNIFICADO: CONTE, LUCAS DANIEL
Juicio abreviado: tres imputados condenados por robos en Plaza Miserere. La Cámara (Tribunal Oral N°25, sentencia unipersonal) condenó a Walter R. Rodríguez, Jonatan E. Menteguiaga y Juan M. Pared a 1 año y 9 meses de prisión de cumplimiento efectivo por robo simple en concurso real con robo simple en grado de tentativa, y declaró a los tres reincidentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Auxiliar Fiscal interviniente en la propuesta de juicio abreviado).
Demandado: Walter Rubén Rodríguez; Jonatan Emanuel Menteguiaga; Juan Manuel Pared (imputados).
Objeto: Se seguía procedimiento por los hechos atribuidos consistentes en un robo consumado (sustracción de mochila con teléfono, billetera, ropa y efectos personales a Lucas Daniel Conte el 4/1/2025 en Plaza Miserere) y un intento de robo posterior en grado de tentativa contra un segundo peatón no identificado ocurridos el mismo día; se acordó procedimiento de juicio abreviado con conformidad de las defensas.
Decisión: Se condenó a los tres imputados como coautores penalmente responsables del delito de robo simple en concurso real con el delito de robo simple en grado de tentativa a la pena de UN AÑO Y NUEVE MESES DE PRISIÓN DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO y costas; se declaró la reincidencia de los tres; se fijó el vencimiento de las penas para el 3/10/2026 y la caducidad del registro de la condena para el 3/10/2036; se dispusieron notificaciones y comunicaciones pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Se atribuye Juan Manuel Pared, Walter Rubén Rodríguez y Jonatan Emanuel Menteguiaga haberse apoderado en forma ilegítima, ejerciendo violencia sobre las personas, de una mochila que contenía un teléfono celular marca Samsung modelo J17... Ello tuvo lugar el 4 de enero de 2025, a las 4:30, aproximadamente, en el interior de Plaza Miserere... para luego sustraerle la mochila..."
"Los hechos relatados, se ha podido reconstruir fundamentalmente a partir de los elementos probatorios incorporados a la instrucción, los que resultan suficientes para acreditar la materialidad de los sucesos y la autoría de los imputados."
"Entiendo que las conductas encuentran adecuación típica en el delito de robo simple -hecho 1-, en concurso real con el delito de robo simple en grado de tentativa -hecho 2-, por el que deberán responder en calidad de coautores (art. 45 y 164 del Código Penal)."
"La elección de una sanción de UN AÑO Y NUEVE MESES de prisión de efectivo cumplimiento, resulta ajustada a derecho."
"Por otra parte, de conformidad con lo previsto por el art. 50 del Código Penal, corresponde declarar a Rodríguez, Menteguiaga y Pared reincidentes. Ello es así por cuanto los imputados registran condenas a penas de prisión y previas a la comisión del hecho traído a estudio."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es emitida unipersonal y constituye el pronunciamiento final.
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