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Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: BARBOZA, MATIAS EZEQUIEL s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA

Imputado menor fue condenado por robo agravado perpetrado en lugar poblado y en banda. La Cámara (Tribunal Oral de Menores N°1, con intervención unipersonal del juez subrogante) impuso la pena de un año y ocho meses de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso, conforme al acuerdo homologado y al artículo 4° de la ley 22.278.

1) ley 22.278 2) robo agravado 3) lugar poblado y en banda 4) pena en suspenso 5) resocializacion 6) menor de edad 7) art. 4? ley 22.278 8) codigo penal arts. 45 y 167 9) 431 bis c.p.p.n. 10) seguimiento tutelar

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Fiscalía General interina (doctora María Fernanda Poggi), en representación del Ministerio Público Fiscal. Demandado: M. E. B., imputado y anteriormente menor de edad al tiempo del hecho. Objeto: Determinar la responsabilidad penal por el delito de robo, agravado por haber sido perpetrado en lugar poblado y en banda, y la imposición de la pena correspondiente, con aplicación del art. 4° de la ley 22.278. Decisión: Se condenó a M. E. B. por el delito de robo agravado por haber sido perpetrado en lugar poblado y en banda, a la pena de un año y ocho meses de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso, con costas. Se homologa el acuerdo previsto en el artículo 4° de la ley 22.278 y se ordenó la notificación pertinente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Cumplidos los requisitos exigidos por el art. 4° de la ley 22.278, se encuentran dadas las condiciones para resolver definitivamente la situación procesal de B. sin más trámite, ello en estricto cumplimiento de lo dispuesto por la Convención de los Derechos del Niño... Resta pues, determinar el tipo de respuesta estatal adoptar respecto del epigrafiado, conforme las alternativas previstas en el artículo 4 de la ley 22.278." "En este contexto, la imposición de una pena de ejecución condicional aparece como la vía más adecuada -previo sopesar las consecuencias nocivas de la medida
- en tanto favorecerá el proceso educativo iniciado con el nombrado y reforzará su voluntad de cambio... No obstante lo expuesto, teniendo en cuenta que todas las decisiones que se tomen respecto a quien era menor al momento del hecho deberán ser en función de esa minoridad... considero que la reacción punitiva -tal como lo acordaron las partes
- debe ser inferior a la que correspondería a un mayor en similares circunstancias." "Teniendo en cuenta las circunstancias mencionadas y lo acordado por las partes, considero ajustada a derecho la aplicación de la pena de un año y ocho meses de prisión, cuyo cumplimiento se dejará en suspenso, por tratarse de primera condena a pena de prisión. y costas (arts. 5, 26 primera parte, 29 inciso 3°, 40, 41, 45 y 167, inc. 2do. del Código Penal; 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación y 4° de la ley 22.278)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el texto provisto; la decisión se expresa unipersonalmente por el juez subrogante y prevalece la parte resolutiva transcripta.

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