DE LOS SANTOS, CARLOS EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la actualización de su PBU y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias en autos por reajustes varios. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de ANSeS, confirmó la actualización y la exención ordenada por primera instancia, impuso las costas a ANSeS y no reguló honorarios de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
¿Quién es el actor?
DE LOS SANTOS, CARLOS EDUARDO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al beneficio previsional (PBU) obtenido el 02/06/2023; actualización del haber inicial y del retroactivo, y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias; impugnación de la regulación de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la resolución de primera instancia; impuso las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y dispuso no regular los honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia, en tanto que los honorarios de ANSeS se regirán por el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"a.
- En relación del agravio sobre la actualización ordenada por el a-quo de la PBU, la misma debe ser confirmada. Ello por cuanto el juez de sentencia se funda en precedentes de esta Cámara donde se analiza los beneficios adquiridos luego del 2009 y se determina que la PBU debe ser actualizada hasta tanto entra en vigencia la ley nº 26.417, que en su artículo 4º estableció que el monto de la PBU deje de ser una fórmula, para pasar a ser una suma fija, estipulada en PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS ($ 326), la cual según la Resolución SSS Nº 6/09, deberá actualizarse mediante el índice de movilidad contemplado en el art. 32 de la Ley nº 24.241, texto según el art. 6 de la Ley nº 26.417."
"b.
- En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP ... toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. ... Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
"c.
- Que debe desestimarse el agravio relativo a la omisión de aplicación del límite de la doctrina del fallo 'Villanustre'... Pero no es aplicable al régimen de la Ley 24241, en el cual el haber inicial no está determinado en un porcentaje de cierto haber de referencia (cfr. sus arts. 20 y cc., 24 y cc. y 30 y cc.)."
"d.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto del Dr. Castiñeira de Dios y el acuerdo es unánime en lo resuelto.
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