FERNANDEZ OSCAR ALBERTO Y OTROS c/ EST NAC MINIST. JUSTICIA Y DDHH SERVICIO PENIT FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores demandaron al Estado Nacional (Ministerio de Justicia y DDHH – Servicio Penitenciario Federal) por la liquidación y pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en la medida previa al Decreto 586/19. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº5 rechazó la demanda, considerando que la normativa cuestionada no produce un perjuicio confiscatorio y que, en conjunto, el nuevo régimen mostró incremento del haber mensual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: OSCAR ALBERTO FERNANDEZ; VALENTIN ROBERTO FERNANDEZ; JORGE ALBERTO GENTILINI.
Demandado: Estado Nacional – Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Servicio Penitenciario Federal.
Objeto: Que se liquide y abone en los haberes previsionales de los actores el "Suplemento por Antigüedad de Servicios" (S.A.S.) en la proporción del 2% por año (según Decreto 215/89) y no en el 0,5% establecido por el Decreto 586/19 y la Resolución 607/19, con retroactividad, intereses y costas.
Decisión: Se rechazó la demanda. Se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios de la representación letrada de la actora en $386.145 (equivalente a 5 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El art. 9 de la ley 13.018 dispone que '… cualquiera sea la situación de revista que tuviere el personal en el momento de su pase a retiro, se computará, a los efectos de determinar su haber de retiro, el importe de su último sueldo. Entiéndase por sueldo, la asignación mensual fijada por presupuesto, más los suplementos, bonificaciones, etcétera, de cualquier naturaleza, por los que se le efectúen descuentos jubilatorios'"; y que "el art. 11° de la Resolución 607/19 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dejó sentado que: 'El personal que, por aplicación de las medidas contenidas en la presente resolución, percibiere una retribución mensual bruta inferior a la que le hubiera correspondido por aplicación del régimen en vigor a la fecha del Decreto N°DECTO-2019-586-APN-PTE... tendrá derecho al pago de una suma fija transitoria.'"
"Específicamente en lo que respecta al objeto de autos, en el inciso f) del Artículo 2º del Decreto 586/19 quedó establecido que el Suplemento general por 'Antigüedad de Servicios (S.A.S.)': consistirá en una suma mensual remunerativa proporcional del haber mensual por cada año de servicio prestado en la institución' ... Asimismo, la Resolución 607/2019 ... estableció ... 'el suplemento general por "Antigüedad de Servicios (S.A.S.)" ... equivalente al CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del haber mensual ... por cada año de servicio prestado en la institución.'"
"Del análisis integral de la normativa aplicable no se evidencia la existencia de un perjuicio confiscatorio, sino que, por el contrario, se verifica un notable incremento del haber mensual, como así también un incremento en el monto bruto y en el neto a percibir." (considerando III y V).
- Observaciones sobre prescripciones/excepciones: En atención a la forma en que se resolvió, el tratamiento de la excepción de prescripción devino abstracto. Las costas se impusieron por su orden porque "los accionantes pudieron creerse con derecho a reclamar (conf. art. 68, 2 do párrafo del C.P.C.C.N.)" (considerando VIII).
- Votos en disidencia relevantes: No consta voto en disidencia en el documento; la decisión es unipersonal firmada por la Jueza Federal Subrogante María Gabriela Janeiro.
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