REQUERIDO: FRENTE DE TODOS - ELECCIONES PASO LEG. 12/09/2021 s/INFRACCION LEY 26.215
Frente de Todos apeló una resolución por presunta infracción a la ley 26.215 en las PASO del 12/09/2021. La Cámara Nacional Electoral confirmó la resolución apelada y se remitió al precedente Encuentro por la Democracia y la Equidad... resuelto por sentencia del 7/10/2021 como fundamento.
¿Quién es el actor?
Frente de Todos (parte recurrente que apeló).
¿A quién se demanda?
Juzgado federal con competencia electoral de Córdoba (resolución apelada); en la causa figura como expediente originario la causa sobre infracción a la ley 26.215 por las Elecciones PASO del 12/09/2021.
- Objeto de la demanda: impugnación de la resolución de fs. 59 (mediante recurso de apelación) relativa a presunta infracción de la ley 26.215 en el marco de las elecciones PASO del 12/09/2021.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional Electoral confirmó la resolución apelada. Se ordenó además registrar la resolución, agregar copia del precedente citado, notificar, y comunicar al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y devolver las actuaciones a primera instancia. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes tal como figuran en la sentencia): "Que la cuestión planteada en estas actuaciones es sustancialmente análoga a la tratada en los autos “Encuentro por la Democracia y la Equidad s/proceso contra persona física o jurídica por violación de normas de financiamiento partidario – Ejercicio 2017” (Expte. Nº CNE 2143/2021/CA1), resueltos por el Tribunal mediante sentencia del 7 de octubre de 2021, a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad. En tales condiciones, y toda vez que no existen en el caso circunstancias que permitan apartarse de dicho pronunciamiento, corresponde confirmar la resolución apelada, lo que así se resuelve. Regístrese, agréguese copia del precedente al que se remite, notifíquese, comuníquese al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ac. 10/2025 CSJN). Oportunamente, devuélvanse estas actuaciones a primera instancia." (No constan votos en disidencia en el acuerdo que integra este extracto).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: