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Incidente Nº 1 - ACTOR: JURI, DANIEL ANGEL DEMANDADO: A.R.C.A. (AFIP) s/INC HONORARIOS

Reclamó el actor contra ARCA (AFIP) por el cese del descuento de Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales y la devolución de lo retenido. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el recurso de apelación y mantuvo la exención de costas por el allanamiento y la regulación de honorarios en 0,9 UMA ($69.506,10), recomendando a ARCA acciones administrativas conforme la CIPDHPM.

Allanamiento Costas Honorarios Impuesto a las ganancias Jubilados Arca (afip) Convencion interamericana personas mayores Exencion de costas 0 9 uma Seguridad social


¿Quién es el actor?

JURI, DANIEL ANGEL (actor/jubilado).

¿A quién se demanda?

A.R.C.A. (AFIP), organismo tributario.
- Objeto de la demanda: se solicitó el cese del descuento en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales y la devolución de las sumas retenidas por cinco años anteriores más intereses; además se impugnó la constitucionalidad del art. 82 inc. c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación de la actora y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo apelado; se recomendó al organismo tributario ARCA que adopte medidas de acción positiva conforme la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores; se impusieron las costas por su orden; y se regularon los honorarios de los profesionales en el 30% de lo regulado en primera instancia, fijando para el letrado de la actora 0,9 UMA ($69.506,10).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) “Sin embargo, advierto de las constancias de autos que, en fecha 03/09/2025, la accionada informó el pago, debidamente acreditado, y acompañó planilla de liquidación de conformidad con los parámetros indicados en la sentencia de primera instancia, por la que se restituye al actor lo retenido en concepto de impuesto a las ganancias, desde que accedió al beneficio jubilatorio (enero 2025), más intereses. ‘Capital: $553.479,18 Intereses: $65.999,17 Total: $619.478,35 (PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 35/100)’.” 2) “El allanamiento se encuentra normado en el art. 70 del C.P.C.C.N ... Para que proceda la exención de costas, el allanamiento debe ser real, incondicionado, oportuno, total y efectivo. Si de los antecedentes del proceso resultare que el demandado no hubiere dado motivo a la promoción del juicio y se allanare dentro del plazo para contestar la demanda, cumpliendo su obligación, las costas se impondrán al actor.” 3) “En atención a ello y al gran volumen de causas que originan los planteos de inconstitucionalidad del artículo 82, inc. ‘c’ ... se recomienda al organismo fiscal que tome las medidas de acción positivas tendientes a dirimirlo en sede administrativa ... Esta posibilidad se ha contemplado expresamente la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (CIPDHPM)...”
- Votos y disidencias: El voto que expresa los fundamentos fue del Dr. Gustavo Castiñeira de Dios y fue adherido por los Dres. Manuel A. Pizarro y Juan I. Pérez Curci; la resolución fue adoptada por unanimidad (no hay disidencia).

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