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CABRERA, ABEL ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste previsional por aportes en relación de dependencia y aplicación del índice ISBIC. La Cámara Federal de Paraná declaró desierto el recurso de la parte actora, hizo lugar parcialmente al recurso de la ANSES, declaró la inaplicabilidad de la Res. SSS 3/2021 respecto del uso del ISBIC hasta febrero de 2009, revocó parcialmente la sentencia de primera instancia dejando sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020 y 542/2020, e impuso costas.

Reajuste previsional Isbic Resolucion sss 3/2021 Inconstitucionalidad Decretos 163/2020 495/2020 542/2020 Dnu 157/2018 art.3 Anses Ley 24.241 Costas Honorarios

Actor: Abel Orlando Cabrera, titular de un beneficio previsional otorgado bajo la ley 24.241. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad del haber previsional, en particular recálculo del haber inicial y actualización de aportes en relación de dependencia (aplicación del índice ISBIC y otros criterios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora por falta de agravios; hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, declaró de oficio la inconstitucionalidad para el caso concreto de la Resolución SSS 3/2021 en cuanto conlleva la inaplicabilidad del índice ISBIC para la actualización de los aportes en relación de dependencia efectuados hasta el mensual febrero 2009; revocó parcialmente la sentencia de primera instancia dejando sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020 y 542/2020; confirmó la sentencia en todo lo demás; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, aplicó el art. 36 de la ley 27.423 e impuso las costas en el orden causado; reguló honorarios a la letrada de la parte actora en un 32% de lo que se establezca en primera instancia. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "II
- Que, en primer lugar, corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora conforme lo previsto en el art. 266 del CPCCN, en virtud de que no ha expresado agravios."
- "Se concluye, entonces, que toda norma dictada por la ANSES o por resolución ministerial que se oponga a la utilización del índice ISBIC para actualizar los aportes efectuados en relación de dependencia hasta el mes de febrero 2009 resulta inválida y así debe resolverse. Por ello, se declara de oficio la inconstitucionalidad para el caso concreto de Resolución 3/2021 SSS (confr. 'Rodríguez Pereyra', Fallos 335:2333) y se resuelve la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 para el reajuste del haber inicial del actor."
- "Que, por último, debe admitirse el planteo de la ANSES por el cual sostiene que debe revocarse la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163, 495 y 542 del 2020. Ello en virtud de que las disposiciones contenidas en las normas antes mencionadas fijan pautas de movilidad para el período febrero/noviembre del 2020. Por lo tanto, no resultan aplicables a quienes adquieran su beneficio previsional de manera posterior a la vigencia de tales normas, como es el caso del actor, que lo obtuvo el 2/8/2023." Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Aranguren y Busaniche) adhieren al acuerdo.

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