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GIMENEZ, WILSON ALEJANDRO c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE SEG. DE LA NACION - GENDARMERIA NACIONAL) Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Reclamó Wilson Alejandro Gimenez la inconstitucionalidad del decreto Nº 679/97 y el reintegro de descuentos aplicados a su haber previsional. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia en lo sustancial, revocó el punto relativo a la regulación de honorarios y difirió la fijación de los mismos hasta la aprobación de la liquidación en autos, sin costas de Alzada.

Inconstitucionalidad Descuento previsional Decreto 679/97 Reintegro Honorarios Diferimiento de regulacion Costas Gendarmeria nacional Accion de inconstitucionalidad Liquidacion aprobada

Actor: Wilson Alejandro Gimenez. Demandado: Estado Nacional (Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional). Objeto de la demanda: Acción por suplementos de fuerzas armadas y de seguridad; inconstitucionalidad del decreto Nº 679/97, cese del descuento sobre el haber previsional y reintegro de las sumas descontadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento de fs. 49/57 en todo lo apelado, revocó el dispositivo punto 5) de la sentencia en cuanto reguló honorarios profesionales a favor de la letrada de la parte actora y difirió la regulación de honorarios por la etapa de conocimiento hasta tanto exista liquidación aprobada en autos; sin costas de Alzada por no haber intervenido la contraria. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del voto mayoritario): "V.
- En lo que atañe al agravio referido a las costas, diré que cabe confirmar su total imposición a la demandada vencida, por no existir razones que justifiquen apartarse del principio general contenido en el art. 68 del CPCCN, que impone como base para la condena en costas el principio objetivo de la derrota, procediendo su apartamiento en supuestos excepcionales cuando existen motivos fundados para ello... Corresponde confirmar la imposición de costas decidida por el sentenciante." "VI.
- Con respecto al agravio, dirigido contra la regulación de honorarios a favor de la Dra. Schwab Grünewald, por altos, corresponde hacer la siguiente apreciación; el magistrado ha regulado el mínimo -20 UMA
- previsto en el articulo 48 de la ley arancelaria para las acciones de inconstitucionalidad, en las cuales no pueda regularse conforme con la escala del artículo 21, es decir, en aquellas en las que no sea posible arribar a una base de cálculo. No obstante, el presente se trata de un juicio susceptible de apreciación pecuniaria, motivo por el cual corresponde dejar sin efecto los honorarios establecidos en la instancia anterior, por cuanto, no se ha determinado todavía el monto económico de este juicio, para establecer una base cierta para elaborar dicho cálculo... corresponde diferir la regulación de honorarios hasta que se haya determinado el monto económico de este juicio (art. 22 de la 27.423)." No hubo voto en disidencia; el Dr. Aldo E. Suárez adhirió al voto precedente.

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