Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MANCILLA SERGIO ARIEL VN RI 8119 MFG, ALIAS ANDTELLO CRISTIAN ARIEL s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA DAMNIFICADO: GIMENEZ DIAZ, MARÍA DE LOS ÁNGELES
Juicio abreviado por robo simple en el que se imputó la sustracción de un teléfono celular en un colectivo. La Cámara (Tribunal) condenó a Sergio Daniel Mancilla a nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento, lo declaró nuevamente reincidente y ordenó su inmediata libertad por haberse compurgado la pena con el tiempo de detención sufrido.
¿Quién es el actor?
La representación del Ministerio Público Fiscal, a través de la Sra. Auxiliar Fiscal Dra. Verónica Andrea Zotta (Fisc. Gral. Nro. 18) que presentó el acuerdo de juicio abreviado.
- Demandado / Imputado: Sergio Daniel Mancilla (identificado en distintas partes como Sergio Ariel Mancilla / Sergio Daniel Mancilla en el expediente).
- Objeto de la demanda: Homologación de acuerdo de juicio abreviado por la comisión del delito de robo (autoría como coautor) ocurrido el 23 de enero de 2025, consistente en el arrebato de un teléfono celular en un colectivo.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Sergio Daniel Mancilla a la pena de nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas por resultar coautor penalmente responsable del delito de robo simple (arts. 29 inc. 3, 45 y 164 del C.P.); se lo declaró nuevamente reincidente respecto de una condena previa (TOCC 20, causa 7465/2012 RI 4139); y se dio por compurgada la pena con el tiempo de detención sufrido, disponiéndose su inmediata libertad, salvo orden impeditiva. Además, se ordenó notificar a la damnificada según el art. 11 bis de la ley 24.660 (incorporada por ley 27.375).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
1) "El suscripto tiene por acreditado el suceso delictivo ... el 23 de enero de 2025, alrededor de las 21:30 horas ... se apoderaron ilegítimamente de un teléfono marca 'Motorola', modelo 'G54' ... propiedad de María de los Ángeles Gimenez Díaz."
2) "Si bien vengo sosteniendo que la intervención en el hecho de tres o mas personas determinan la aplicación de la agravante de poblado y banda, lo cierto es que este caso en particular reviste algunas aristas que tornan incierta la coautoría por parte de tres personas de sexo masculino y una mujer previo acuerdo de voluntades y tal situación advierto que no es posible de ser aclarada en juicio. ... NO tengo dudas respecto que Mancilla es coautor del hecho ... pero las características del hecho me hacen dudar si el tercero y la mujer actuaron en connivencia o fue una simple casualidad..."
3) "De tal forma, sólo es atribuible a Mancilla el delito de robo simple, dado que sólo tengo por debidamente acreditada la participación del nombrado en el hecho, pues, los restantes sujetos que podrían haber llegado a integrar la banda nunca fueron individualizados..."
4) Sobre la pena y sus motivos: "Se valorarán como atenuantes: tener hijos a su cargo, la impresión recogida en la audiencia de conocimiento personal y el haber reconocido su responsabilidad penal ... Y como agravantes: haber cometido el hecho a bordo de un transporte público, así como también que el nombrado con anterioridad ha afectado bienes jurídicamente tutelados. Así las cosas, entiendo que resulta ajustado a derecho imponer al procesado la pena de nueve meses de prisión."
5) Sobre reincidencia y cómputo: "En efecto. El encausado cumplió en encierro carcelario efectivo la pena de tres años y ocho meses de prisión dictada en la causa arriba mencionada ... En definitiva, se ha verificado la exigencia de que el condenado ha sido efectivamente sometido al régimen de detención propio de los condenados, ... Conforme surge de las constancias obrantes, el encausado fue detenido en la presente causa con fecha 23 de enero del corriente año ... la pena de nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento impuesta en la presente causa, vencerá en el día de la fecha, razón por la cual se le dará por compurgada con el tiempo de detención sufrido en esta causa, disponiéndose en consecuencia su inmediata libertad en el día de hoy..."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el texto aportado; la parte resolutiva final opera como decisión del tribunal.
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