Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BARROS , CRISTIAN MIQUEAS Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Causa por comercialización y transporte de estupefacientes con ingreso y distribución en un penal. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Catamarca) condenó a varios imputados —entre ellos Jacobo Eliseo Jiménez y Sergio Raúl Apud— por comercialización y transporte agravados (presencia de organización y comisión en lugar de detención), imponiendo penas que van de 3 años y 6 meses hasta 7 años y multas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dr. Vehils Ruiz y fiscal auxiliar Dra. María D. Correa).
- A quién se demanda (Demandados): Jacobo Eliseo Jiménez; Sergio Raúl Apud; Lucas Francisco Brandan; Kevin Emanuel Barros; Cristian Miqueas Barros; Mario Roque Jiménez; Ariel Magno Brandan; Dayana Giselle Sarmiento; entre otros.
Objeto: Se les imputó la comisión de delitos contra la ley 23.737 (comercialización y transporte de estupefacientes), con agravantes por la participación organizada de tres o más personas y por haberse cometido en el interior de un lugar de detención; además, la participación de funcionario público (celador).
Decisión: Se declaró la culpabilidad de los imputados en las distintas calificaciones y se impusieron las penas y multas consignadas en la parte resolutiva: en general siete (07) años de prisión y multas de 45 o 60 unidades fijas para los coautores y partícipes necesarios principales; tres años y seis meses o tres años y multas menores para partícipes secundarios/nec. Asimismo, absoluciones por falta de acusación fiscal a Jorge Raúl Valdez y Jesús Alberto Molina; decomiso y destrucción de estupefacientes; remisión de actuaciones por posible delito de acción pública y medidas de resguardo para Jacobo Jiménez.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes):
"De las comunicaciones mencionadas anteriormente, surge, en forma clara, que el ciudadano Sergio Raúl Apud, era el encargado de conseguir y acondicionar la sustancia estupefaciente que, Jacobo Eliseo Jiménez, (a) “Niño J”, hacía ingresar al Servicio Penitenciario Provincial, con el único fin de que éste la comercialice en el interior de dicho instituto carcelario, tal cual quedará demostrado. De las
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