Legajo Nº 49 - IMPUTADO: BULACIO, EDGARDO FEDERICO s/LEGAJO DE APELACION
Apelación por cese de prisión preventiva del imputado Edgardo Federico Bulacio; la Cámara declaró abstracto el recurso de apelación al haberse dispuesto con posterioridad la libertad del imputado, por lo que declaró inoficioso su tratamiento.
Actor: Defensor Público Oficial Manuel Víctor Moreno, en representación del imputado Edgardo Federico Bulacio. Demandado: Resolución dictada por el Juez Federal Sebastián Diego Argibay (subrogante a cargo del Juzgado Federal N°1, provincia de Catamarca). Objeto de la demanda: recurso de apelación contra la resolución de fecha 16/05/2025 que negó el cese de la prisión preventiva y mantuvo la medida cautelar.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Federal declaró abstracto el recurso de apelación concedido, por resultar inoficioso ante la posterior resolución de fecha 26/09/2025 que ordenó la libertad de Edgardo Federico Bulacio y fijación de caución; en consecuencia, se registrará, notificará y publicará la resolución. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Siendo ello así, es menester destacar que las decisiones de ésta Cámara deben atender a las circunstancias existentes al momento de su pronunciamiento aunque sean distintas a las verificables en oportunidad de la interposición del recurso respectivo (CSJN Fallo: 312:555; 315:123, entre otros)." "En consecuencia y habiéndose dispuesto mediante resolución de fecha 26/09/2025, recaída en el marco de los autos caratulados: 'IMPUTADO: BULACIO EDGARDO FEDERICO S/LEGAJO DE APELACIÓN – EXPTE. N° 5253/2022/47' –'… ORDENAR al a quo haga efectiva la libertad de Edgardo Federico Bulacio, fijando la caución que considere más adecuada (art. 4, de la ley 24.390)…', deviene inoficioso el tratamiento del recurso de apelación concedido, por lo que corresponde declararlo abstracto." (Resolución) "I) DECLARAR ABSTRACTO el recurso de apelación concedido en el presente incidente, en base a lo considerado. II) REGÍSTRESE, notifíquese y oportunamente publíquese." No hubo votos en disidencia manifestados en el texto transcripto.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: