BUS, JAVIER ALEJANDRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
Reclamó el actor la incorporación del coeficiente por zona patagónica al haber previsional y el pago de retroactivos. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y tuvo por no presentada la respuesta al memorial de agravios, disponiendo además sin costas la Alzada.
¿Quién es el actor?
BUS, JAVIER ALEJANDRO.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Incorporación al haber mensual del coeficiente de bonificación para residentes de las provincias patagónicas previsto en la ley 19.485 y decreto 1472/08, con liquidación de las sumas retroactivas que correspondan.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y tuvo por no presentada la respuesta al memorial de agravios; además dispuso sin costas la Alzada.
- Fundamentos principales (textos transcribiendo párrafos relevantes de la sentencia):
- "II.
- Contra el apuntado pronunciamiento, a fs. 36 dedujo recurso de apelación el representante del Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal."
- "IV.
- Sustanciada la expresión de agravios de la apelante, la parte actora contestó en los términos de la presentación que luce agregada a fs. 78/83, refutando argumentos que difieren sustancialmente de los introducidos por la demandada recurrente, por lo que corresponde tenerla por no presentada."
- "V.
- Que en virtud de lo dispuesto por el art 265 del C.P.C.C.N. la expresión de agravios debe constituir una exposición jurídica que contenga el análisis serio, razonado y crítico de la resolución recurrida... Sobre estas premisas, debe indicarse que los argumentos vertidos por la demandada no demuestran concretamente el desacierto de la decisión adoptada, máxime atendiendo a que las críticas introducidas ni siquiera se condicen con lo determinado en el resolutorio recurrido... por cuanto los agravios esgrimidos hacen referencia a la declaración de inconstitucionalidad del Decreto N° 679/97, cuando el objeto de autos y la sentencia en crisis persiguen la incorporación en el haber mensual del actor del coeficiente zona patagónica Ley 19.485, resultando a todas luces improcedentes; por lo que corresponde declarar desierto el recurso interpuesto."
- Disidencias: El Dr. Aldo E. Suárez adhiere al voto precedente; no se registra disidencia en el acuerdo.
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