BARROSO, ALICIA EDITH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes varios de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo la inaplicabilidad de determinados topes previsionales respecto del régimen especial y rechazando el planteo de cuestión política no justiciable.
¿Quién es el actor?
BARROSO, Alicia Edith.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber jubilatorio (impugnación de liquidación y aplicación de topes previsionales).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la representante de ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios de alzada en el 30% de lo previsto en primera instancia, conforme ley N°27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Sobre el particular, cabe remitirse a lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Guzmán, Cristina c/ ANSeS” (fallo del 2/3/16), oportunidad en la que el Máximo Tribunal concluyó que el art. 9 de la ley n° 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley 24.016 para el personal docente.
Que, en consecuencia, (…) guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en el precedente "Gemelli" (Fallos: 328:2829) en el que se afirmó que el régimen jubilatorio de la ley n° 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes n° 24.241 y n° 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características."
"Por otra parte, sobre el agravio que versa sobre la cuestión política no justiciable, me pronuncio por desestimarlo por compartir los fundamentos dados por la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, Sala 1, en autos Nº: 43841/2022 caratulados “COLOMBO CLAUDIO JULIO c/ ESTADO NACIONAL
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y OTRO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA”, sentencia de fecha 16/08/2023. Al respecto, dicha Sala, a fin de rechazar el agravio en cuestión, se remitió a lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal en cuanto dispuso: 'Por otro lado, en cuanto al argumento dirigido a sostener que el objeto de autos configura una cuestión política no justiciable, es dable poner de resalto que esta rotulación de supuestos es una “auto restricción judicial de corte pretoriano” (conf. Sagüés, Néstor Pedro, “Compendio de Derecho Procesal Constitucional”, Ed. Astrea, Bs. As. 2009, pág. 60).' ... En el presente caso, lo que se cuestiona es la validez constitucional del descuento previsto en el art. 9 de la Ley n° 24.463 para regímenes especiales, por lo que no se advierte que se trate de un acto político y/o de gobierno no susceptible de control jurisdiccional atento a cuestiones de mérito, oportunidad o conveniencia."
- Votos: El voto que expone los fundamentos fue del Dr. Manuel Alberto Pizarro; los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron. No hubo disidencia.
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