MUÑOZ, RICARDO CARMELO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción declarativa para ser reconocido como veterano de guerra y obtener pensión por participación en la Guerra de Malvinas. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso de apelación, declaró la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 e impuso costas a la vencida, regulando honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Ricardo Carmelo Muñoz.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa (y se agrava la actuación de ANSES en la apelación).
- Objeto de la demanda: Acción declarativa de inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 23.109, art. 1º del Decreto 509/88 y art. 1º de la ley 23.848; impugnación de la Resolución IF-2019-03307805 que denegó el reconocimiento como “Veterano de Guerra” y la consecuente pensión vitalicia; pedido subsidiario de aplicación de la ley 22.674 con retroactividad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara NO HACE LUGAR al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y CONFIRMA la sentencia de fecha 20/02/2025 en cuanto fue materia de agravios; además declara la inconstitucionalidad del DNU 157/2018, impone las costas a la vencida y regula los honorarios profesionales de esta instancia en un 30% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"Por lo expuesto, si se concluyera que el actor no han tenido la mentada 'participación', carecería de sentido determinar si los ámbitos geográficos determinados por la ley 23.109 Y el decreto reglamentario 509/88 coinciden o, por el contrario, difieren, porque la elucidación de la señalada cuestión revestiría un interés meramente académico." (cita del precedente C.S.J.N. "ARFINETTI VÍCTOR HUGO" y su aplicación).
"Por todo lo expuesto, entiendo correspondiente rechazar el recurso de apelación aquí interpuesto, en lo que hace al fondo de la cuestión."
"Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios manifestó disidencia respecto de la solución mayoritaria. En su voto consideró aplicable la doctrina de "Gerez" y sostuvo que, por la prueba testimonial, la ubicación en Río Grande, las tareas de guarda de municiones y las circunstancias del conflicto justificaban la inversión de la carga de la prueba y la estimación de que Muñoz cumplió los requisitos para ser considerado veterano de guerra, proponiendo hacer lugar al recurso de apelación y conceder la demanda. Dicha postura quedó en minoría y no fue acogida por la Cámara.
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