ILLANES, AIDEE BEATRIZ c/ ANSES Y OTRO s/REAJUSTES VARIOS
Acción por reajustes varios de una jubilada contra ANSeS y ARCA con pedido de exención del retroactivo del impuesto a las ganancias y declaración de inconstitucionalidad de topes. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó los recursos de ANSeS y ARCA, impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios al 30% de lo previsto en primera instancia.
¿Quién es el actor?
ILLANES, AIDEE BEATRIZ.
- Demandados: ANSeS y ARCA (codemandada).
- Objeto de la demanda: reclamos por reajustes varios; en particular, se discutió la exención del retroactivo ordenado respecto del impuesto a las ganancias y la inconstitucionalidad de topes previstos en la ley 24.241/24.463.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos de apelación deducidos por ANSeS y por ARCA y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravios; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y se regularon honorarios de los profesionales en un treinta por ciento (30%) de lo previsto en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. Así, no se cuestiona la constitucionalidad de la ley sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita."
"Al respecto esta Sala ya se expidió en la causa Nº FMZ 28114/2016/CA1, caratulados: ‘DI LORENZO CARLOS FELIZ C/ANSES s/ Reajustes varios’ de fecha 06/10/2020 a cuyo fundamento me remito y donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo."
"c.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO” de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Votos y disidencias: Los tres jueces (Pérez Curci, Pizarro y Castiñeira de Dios) adhirieron a la propuesta y resolvieron por unanimidad conforme al bloque dispositvo; no hay disidencia relevante.
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