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VILLA, MARIA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios en su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios profesionales al 30% de lo regulado en primera instancia.

Reajustes previsionales Anses Inconstitucionalidad ley 27.426 Resolucion sss 6/2009 Impuesto a las ganancias Costas Honorarios Elliff Movilidad Seguridad social


¿Quién es el actor?

VILLA, MARIA ISABEL.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios en la prestación previsional (determinación del haber inicial, inconstitucionalidad de normas y topes, exención de retroactivos del impuesto a las ganancias, impugnación de la Resolución SSS 6/2009 y normas vinculadas).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423) y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Por lo tanto, considero que debe confirmarse la declaración de inconstitucionalidad declarada por el juez de primera instancia en la sentencia impugnada ya que estimo que aplicación retroactiva sobre los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017 como lo ordena el artículo 2 de la ley nº 27.426 es regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la derogada ley nº 26.417, en el mismo periodo." "Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora." "La Resolución de la SSS 6/2009 resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, limitando por una reglamentación más allá de la misma ley, de donde surge un claro exceso reglamentario en tanto transpola la aplicación del límite máximo a la base imponible de las remuneraciones 'actualizadas'... La norma es confiscatoria, porque de acuerdo a la liquidación que presenta la actora, viola el derecho de propiedad (art. 17 CN) y el principio de integralidad de las prestaciones de la seguridad social (art. 14 bis CN)."
- Votos y disidencia: El Dr. Manuel Alberto Pizarro dictó el voto que fundamenta la decisión; los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Gustavo Enrique Castiñeira de Dios adhirieron al mismo. No se registran votos en disidencia.

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