Logo

KNOTT, MARIA FATIMA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora reclamó reajustes por movilidad de su prestación previsional y recálculo por moratoria. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES y modificó el recalculo del haber inicial por servicios en moratoria conforme al punto 6 inc. b), declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y confirmó el resto de la sentencia.

Recurso de apelacion Movilidad previsional Moratoria Recalculo de haber inicial Pbu Isbic / elliff Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Costas Honorarios Seguridad social


¿Quién es el actor?

Knott, María Fátima.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad de la Prestación Básica Universal (PBU) y recálculo del haber inicial (PC y PAP) por servicios, incluido plan de moratoria; petición sobre exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos e intereses; impugnación de topes previsionales.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, se modificó el recálculo del haber inicial respecto de los servicios realizados por moratoria conforme los parámetros señalados en el punto 6 inciso b); se confirmó el resto de la sentencia de primera instancia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 con costas para la quejosa; y se regularon honorarios en el 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos relevantes): "Dicho todo esto, cabe tener presente que los aportes realizados mediante el sistema MORATORIA y/o SICAM, difieren considerablemente del monto y la forma de los efectuados durante el transcurso de la vida laboral, consecuentemente no cabe para ellos -en el caso
- actualización alguna pues no fueron ingresados concomitantemente con la realización de sus tareas como autónomo, sino al tiempo de incluirse en un plan de regularización. En consecuencia, este aporte fue integrado a valores actualizados al momento de la determinación de la deuda como condición para acceder al beneficio jubilatorio. Atento lo señalado, entiendo que otorgarle nuevamente una actualización significaría un enriquecimiento sin causa. (v. “Usseglio, Alcides P. c/ ANSES”, sent. del 03/09/2013)." "Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente “Morales” e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)." "En mérito a lo expuesto, ninguno de los agravios propuestos por la accionada permite conmover la decisión de grado, la cual se ajusta a derecho y surge como la más justa para el caso en cuestión."
- Disidencias relevantes: No hubo votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhirieron al voto que antecede.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar