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Incidente Nº 1 - ACTOR: ZAPATA, KAREN CAMILA DEMANDADO: ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) Y OTRO s/INC APELACION

Amparo por mora solicitado para obtener resolución sobre pensión no contributiva por invalidez. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó la apelación de ANDIS, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en 2,1 UMA ($165.585).

Amparo por mora Pension no contributiva Andis Anses Mora administrativa Costas Honorarios Uma Ley 19.549 Ley 27.423


¿Quién es el actor?

ZAPATA, KAREN CAMILA.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo por mora administrativa para obtener resolución sobre solicitud de Pensión No Contributiva por invalidez (expediente iniciado el 11/05/2023).

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la representante de ANDIS y, en consecuencia, confirmar la sentencia de primera instancia; imponer las costas a la demandada vencida conforme art. 68 CPCCN; regular honorarios del Dr. Horacio Sebastián Peñafiel en 2,1 UMA (equivalentes a $165.585 a la fecha).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del voto mayoritario): "Realizando un breve relato de los hechos, se advierte que en fecha 11/05/2023 se inició el expediente 041-27-41004456-6-055-000001, correspondiente a la solicitud de Pensión No Contributiva ley 18910. Ante la falta de respuesta, el actor interpuso una acción de amparo por mora en la Administración contra ANSES Y ANDIS, y obtuvo sentencia favorable en fecha 29/07/2025." "Analizando los dichos de la actora, la prueba aportada por las accionadas y efectuada la consulta por parte de este Tribunal del expediente administrativo, corresponde considerar que las demandadas efectivamente se encontraban en mora. Es que, el actor solicitó una pensión no contributiva por invalidez el 11/05/2023, ha transcurrido un plazo más que razonable sin expedirse sobre el otorgamiento de la pensión no contributiva solicitada u otro acto idóneo para el avance del proceso, por lo que la mora se encuentra acreditada." "El fundamento de la acción de Amparo por Mora en la Administración es simplemente perseguir que la Administración cumpla con su deber de resolver, y no está orientado a decidir judicialmente el fondo del asunto." "Corresponde ordenar el pago de costas a la demandada tal como resolvió el a quo... el ejercicio de una acción de amparo por mora presupone un acto u omisión manifiestamente arbitraria e ilegítima de la ANDIS que, en el caso, así ha sido declarado por este Tribunal, lo cual justifica que la accionada cargue con las costas."
- Disidencias: No hubo disidencia; los tres jueces adhirieron al voto que figura en el expediente y el acuerdo fue unánime.

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