PAIVA SEGOVIA CELESTE MAGALI Y OTROS C/ VELEZ CARLOS EMANUEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores reclamaron daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 17/02/2022. La Cámara confirmó en lo sustancial la condena, pero modificó parcialmente la sentencia de grado: revocó el rubro por síndrome meniscal de Gustavo Paiva y redujo su partida por incapacidad a $5.000.000, y revocó los gastos de farmacia y traslado respecto de Sebastián Paiva, confirmando el resto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GUSTAVO JAVIER PAIVA; PERLA GRACIELA SEGOVIA TORRES; CELESTE MAGALÍ PAIVA SEGOVIA; SEBASTIAN JAVIER PAIVA.
Demandado: CARLOS EMANUEL VELEZ; y citada en garantía COPAN COOPERADORA DE SEGUROS LIMITADA.
Objeto: indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 17/02/2022 en Av. Mosconi y Lafinur, Quilmes (embestida por alcance del vehículo conducido por Vélez).
Decisión: se desestimó el recurso de apelación de la parte actora y se admitió parcialmente el recurso de la demandada y su aseguradora. Se revoca la concesión por daño físico atribuida a síndrome meniscal al co-actor Gustavo PAIVA y se reduce la partida por incapacidad a $5.000.000; se revoca la concesión de gastos de farmacia y traslado a favor de Sebastián PAIVA (quedando para éste sólo $2.000.000 por daño moral); se confirma todo lo demás. Las costas de Alzada se imponen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Los condenó a pagarle a GUSTAVO JAVIER PAIVA, la suma de $ 13.700.000, a PERLA GRACIELA SEGOVIA TORRES, la de $ 6.600.000, a CELESTE MAGALÍ PAIVA SEGOVIA, la de $ 9.100.000 y a SEBASTIAN JAVIER SEGOVIA, la de $ 2.100.000, con más los intereses calculados a la tasa pura del 6 % anual a partir del día 17 de Febrero de 2022 hasta el efectivo pago. Decretó la inconstitucionalidad sobreviniente e inaplicabilidad al caso del artículo 7 de la Ley 23.928 (texto según ley 25.561)..." (resumen de la sentencia de grado).
"Véase que, si bien manifiesta impugnar los intereses fijados, no expresa cuál es su concreta inconformidad o cuál es su pretensión modificatoria del fallo que cuestiona... Por lo tanto, las manifestaciones efectuadas no se erigen en una crítica concreta ni razonada, al dejar incólume la parcela de la sentencia que pretende atacar, motivo por el cual, cae en la deserción (art. 260 CPCC)."
"En relación al co
- actor Gustavo PAIVA, las eventuales lesiones meniscales carecen de vínculo causal debidamente acreditado con el accidente aquí ventilado. En cambio, la lesión por cervicalgia muestra cierta relación causal, pues se correlaciona con su atención por guardia traumatológica por igual motivo el día del hecho... Dicho escenario sólo permite descontar entonces el 8% que había sido concedido por el síndrome meniscal, quedando en pie la lesión derivada de la cervicalgia... corresponde modificar la indemnización otorgada al co-actor, reduciéndola a la suma de $ 5.000.000, por las lesiones cervicales."
"En cuanto a los gastos de farmacia y de traslado... si bien el co-actor Sebastián PAIVA no ha probado padecer lesiones físicas en relación causal con el accidente aquí ventilado, los gastos de farmacia y de traslado requeridos para tratar eventuales dolencias carecen de vínculo causal con el siniestro. Corolario de ello es que esta partida indemnizatoria debe ser revocada a su respecto (arts. 165, 375, 384 y ccdtes. del CPCC). Contrariamente, los restantes actores sí han acreditado lesiones relacionadas con el hecho siniestral de autos, por lo que los gastos acordados a su favor resultan procedentes."
Bloque dispositivo final (mayoría) que manda sobre los votos:
"Que en el Acuerdo celebrado quedó establecido: 1) Que se desestima el recurso de apelación planteado por la parte actora. 2.1) Que se admite parcialmente el interpuesto por la demandada y su aseguradora, correspondiendo revocar la concesión de Daño Físico por síndrome meniscal al co-actor Gustavo PAIVA, quedando en pie únicamente dicha partida, la que se modifica y reduce a la suma de $ 5.000.000 a su favor. 2.2) Que se revoca la concesión del rubro 'Gastos de Farmacia y de Traslado' en relación a Sebastián PAIVA, por lo que la indemnización a su favor es por $ 2.000.000, en concepto de Daño Moral únicamente. 3) Que se confirma todo lo demás que fuera materia de recurso ya agravios. 4) Que las costas de Alzada deben imponerse en el orden causado."
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